Nacional

Primera condena por femicidio lesbofóbico: 15 años de cárcel efectiva para autor del crimen de Sandra Almeida

El tribunal acreditó que la víctima fue asesinada por su orientación sexual y expresión de género.

Sandra Almeida Lizama. Foto: Movilh.

Sandra Almeida Lizama tenía 58 años cuando fue víctima de brutal ataque en la población La Ermita de Lo Barnechea. Eran cerca de las 14.30 horas del lunes 27 de noviembre de 2023 y un sujeto veinte años menor, que la insultó por ser lesbiana, se abalanzó contra ella con puñetazos, patadas y terminó golpeándola con un fierro. Resistió internada en coma en una clínica por seis días, antes de morir producto de sus heridas.

Hace unas semanas, su agresor, Cristofer Arnoldo Pino Pino fue condenado por el 3° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago como autor del crimen.

La sentencia se dio a conocer este miércoles: 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, por el delito de femicidio en razón de la orientación sexual de la víctima. Una pena de cárcel efectiva.

El tribunal dio por acreditado que Sandra Almeida fue asesinada por su orientación sexual y expresión de género, es decir, Pino atacó y mató a la víctima por ser lesbiana y por tener una expresión de género masculino.

La investigación la desarrolló la Fiscalía de Alta Complejidad Metropolitana Oriente. Desde el ente persecutor destacan que esta condena es muy relevante no solo para los familiares y organizaciones de la sociedad civil LGTBIQ+ que buscaron justicia para Sandra Almedida, sino que, además, este fallo es muy relevante para todas las fiscalías y el sistema de justicia porque por primera vez existe una sanción por femicidio no íntimo en razón de la orientación sexual de la víctima.

La histórica sentencia fue dictada en forma unánime por la presidenta del tribunal, Doris Ocampo Méndez, junto a la jueza Rossana Costa Barraza y la magistrada integrante Katrina Chahín Ananías.

“Si bien, la familia y el Movilh aspirábamos a cadena perpetua, lo cierto es que se trata de la primera condena por femicidio lesbofóbico en Chile, lo cual sienta un buen precedente para las mujeres diversas. En ocasiones anteriores, los asesinatos lesbofóbicos nunca habían sido considerados como femicidio, ni crímenes de odio en razón de la orientación sexual”, señaló la abogada Claudia Castañeda, representante de la familia.

Castañeda destacó que la pena debe cumplirse de forma efectiva, sin posibilidad de reducción por buen comportamiento o beneficios penitenciarios".

A su juicio, ello constituye “una buena señal para paliar el algo el daño causado y que mantuvo a toda una familia severamente afectada”.

“Viene a marcar un precedente y a entregar una señal clara a la sociedad también de que estos delitos de odio no pueden quedar impunes y viene a dar una señal clara que la violencia hacia las mujeres existe y que debe ser condenada con las máximas penas posibles”, enfatizó la abogada.

A la pena se añadieron además 541 días de cárcel por microtráfico.

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