Nacional

Se destraba lío por competencia en arista Antofagasta de ProCultura y la causa se radica en la jurisdicción de Santiago

En fallo dividido, el tribunal de alzada de Antofagasta determinó que el principio de ejecución de los delitos imputados se sitúa en las oficinas de la fundación. O sea, en la comuna de Las Condes, por lo que no corresponde que la causa se tramite en el norte.

Este jueves la Corte de Apelaciones de Antofagasta destrabó el lío que se generó en torno a qué tribunal era el competente para conocer respecto de la arista Antofagasta del caso ProCultura, donde los imputados Alberto Larraín, María Constanza Gómez y otros indagados enfrentan cargos por seis delitos consumados de apropiación indebida.

Fue en mayo pasado que el equipo del fiscal Cristián Aguilar formalizó esta hebra investigativa ligada a convenios de transferencia de recursos que suscribió la ONG con el Gobierno Regional (Gore) de Antofagasta y la Seremi de Vivienda de la misma región. Eso sí, a solicitud de las defensas, el Juzgado de Garantía de la nortina ciudad se declaró incompetente y remitió los antecedentes al Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago.

Sin embargo, ese último tribunal discrepó de lo razonado, rechazó la competencia y devolvió la causa a Antofagasta. Así, tras la pelotera, el asunto quedó trabado ya que ninguno de los dos tribunales había aceptado seguir conociendo de la causa.

Por lo mismo es que se activó la intervención del tribunal de alzada de Antofagasta, que tras escuchar a las partes en una audiencia que tuvo lugar ayer miércoles 29 de julio, zanjó que es el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago el que debe asumir el seguimiento del proceso. Esto, pese a que tanto el Ministerio Público como el Consejo de Defensa del Estado plantearon una postura contraria.

De acuerdo con la resolución de la corte, el principio de ejecución de los delitos que se imputan se sitúa en las oficinas de la fundación comandada por Larraín. O sea, en la comuna de Las Condes.

“Atendido el mérito de los antecedentes y considerando que la propia formalización sitúa las primeras operaciones calificadas como distractoras en la comuna de Las Condes, lugar donde se administraban las cuentas corrientes de la Fundación ProCultura desde las cuales se efectuaron las operaciones cuestionadas, forzoso resulta concluir que el principio de ejecución de los hechos investigados se produjo en dicho territorio jurisdiccional, correspondiendo, por ende, que la causa continúe siendo conocida por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago”, se lee en la determinación acordada por los ministros Jasna Pavlich y Juan Fernando Opazo. El abogado integrante Fernando Orellana votó en contra.

La resolución hace presente que no es atendible la alegación del Ministerio Público respecto del tiempo transcurrido para que la defensa hiciera descargos sobre la competencia, ya que antes de la formalización de la causa no había sido notificada formalmente de resoluciones o de querellas presentadas.

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