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En medio de la polémica: IND designa administrador externo en la Federación de Tenis

El organismo informó el inicio del procedimiento de la medida, que recae en el Comité Olímpico de Chile

En medio de la polémica: IND designa administrador externo en la Federación de Tenis. MATIAS SALAS/PHOTOSPORT

El IND informó a la Federación de Tenis de Chile el inicio del procedimiento para designar un administrador externo. La decisión fue comunicada mediante un oficio firmado por el director subrogante, Juan Pablo Salgado.

La determinación se conoce en medio de la crisis institucional que atraviesa la federación tras la impugnada elección de Milovan Kegevic como presidente y los cuestionamientos al organismo por su actuación en la crisis.

“Ha estimado procedente dar inicio al procedimiento de designación de un administrador externo respecto de la referida organización, en los términos establecidos en el artículo 40 J de la Ley 19.712, y 11 y siguientes del Decreto 20, de 2017, que aprueba el nuevo Reglamento de Federaciones Deportivas Nacionales”, establece el documento enviado por el IND.

La decisión fue adoptada “atendidos los resultados del análisis de la gestión actual de la Federación Deportiva Nacional de Tenis contenidos en los documentos individualizados en el antecedente de esta presentación”.

“Habiéndose efectuado un análisis exhaustivo de la situación organizacional y financiera de la federación, los departamentos de Alto Rendimiento y de Fiscalización de Organizaciones Deportivas de este Instituto, mediante los informes del antecedente, cuyas copias se acompañan en esta oportunidad, recomendaron la designación de un administrador externo, en los términos establecidos en el citado artículo 40 J de la Ley 19.712, designación que recaerá para estos efectos en el Comité Olímpico de Chile”, sostiene el IND.

El organismo cita el artículo 11 del Reglamento de Federaciones Deportivas Nacionales. “Se encuentra inhabilitada para recibir recursos de este Instituto, cuando muestre una gestión deficitaria de manera objetiva, cuestión que, en lo que interesa, se verifica cuando existan una o más denuncias fundadas que comprometan gravemente los intereses de la FND, lo que deberá ser refrendado por los informes de los Departamentos o Unidades de Alto Rendimiento, Fiscalización, Rendición de Cuentas y Organizaciones Deportivas del IND”, apunta.

“Se entiende que la denuncia es fundada cuando se sustenta en antecedentes de cualquier naturaleza que hagan presumir su seriedad y es realizada por cualquier órgano interno de la federación respectiva, personas naturales integradas en la estructura federativa o terceros, tal como consta en los antecedentes individualizados en el presente oficio”, agrega.

El IND informó a la Federación de Tenis que cuenta con un plazo de 10 días desde la notificación para realizar observaciones.

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