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“Se sugiere descartar aplicar la reforma en tiempo de guerra”: informe de la Suprema por proyecto de ley que restringe justicia militar

El máximo tribunal envió un informe a la Cámara de Diputados donde además reitera que “la competencia de la jurisdicción castrense debe quedar restringida al conocimiento de delitos propiamente militares”.

La Corte Suprema envió a la Cámara de Diputados su informe del proyecto de ley que modifica el Código de Justicia Militar para excluir del conocimiento de los juzgados militares algunas causas criminales, reiterando que “la competencia de la jurisdicción castrense debe quedar restringida al conocimiento de delitos propiamente militares”.

La normativa busca restringir la competencia de juzgados militares en el conocimiento de delitos vinculados al narcotráfico y el crimen organizado y fue analizado en el Pleno del 8 de septiembre.

El informe del máximo tribunal indica que “el proyecto de ley analizado tiene por finalidad modificar el Código de Justicia Militar para excluir de la competencia de los tribunales militares aquellos delitos de la Ley N° 20.000 y Ley N° 19.913. Se busca asegurar la competencia de la justicia ordinaria especialmente por razones de eficacia de la investigación”.

Y en ese sentido, la Corte Suprema insiste en que “la competencia de la jurisdicción castrense debe quedar restringida al conocimiento de delitos propiamente militares, vinculados estrechamente a la naturaleza del bien jurídico afectado, cuya concepción encuentra respuesta en el régimen de obediencia y disciplina al interior del esquema militar”.

Luego añade que los delitos citados en el proyecto “en cambio, protegen otros bienes jurídicos, como la salud pública y el mercado financiero y el orden público económico, respectivamente, por lo que la propuesta va en el sentido que ha indicado la Corte Suprema. Sin embargo, la técnica legislativa empleada en el proyecto llevaría a excluir a la justicia militar para conocer de estos delitos cometidos por militares incluso en tiempo de guerra, de los que debiera hacerse cargo el Ministerio Público y tribunales civiles”.

“Este efecto, además de no encontrarse respaldado por las razones que animan la iniciativa, representaría profundos desafíos operativos y logísticos para la justicia civil, sin perjuicio de la imposibilidad material de funcionamiento muchas veces producto del conflicto bélico. Por lo anterior, se sugiere descartar aplicar la reforma a la justicia militar en tiempo de guerra”, añade.

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