Cuidados en la Constitución



SEÑOR DIRECTOR:

Resulta preocupante la ausencia del derecho al cuidado en las primeras normas constitucionales discutidas por la Comisión Experta. Cabe recordar que este fue uno de los aspectos mejor valorados por las mujeres durante el proceso anterior (Encuesta Nada sin Nosotras, agosto 2022).

Incorporar este derecho a nivel constitucional permitirá que los cuidados que necesitamos en la infancia, vejez, enfermedad o casos de discapacidad, dejen de depender de las redes familiares o la capacidad de pago individual, y exista un mandato explícito para que el Estado implemente un sistema nacional, con servicios, infraestructura, financiamiento y medidas de protección social para quienes brindan y requieren cuidados.

Bañar, vestir, alimentar y cuidar a otros seres humanos es un trabajo que históricamente han realizado las mujeres, sin ninguna valoración económica o social. Promover responsabilidades compartidas contribuirá a que las mujeres decidan libremente sobre sus proyectos de vida, tengan mayor autonomía económica y participen de todas las esferas de la sociedad.

No desaprovechemos esta nueva oportunidad para valorar adecuadamente la contribución del trabajo de cuidados a la economía y a la sostenibilidad de la vida. Es un avance civilizatorio para sentar bases de convivencia social en que la interdependencia y solidaridad que nos constituyen se ubiquen al centro de las prioridades colectivas.

Mariela Infante

Socióloga, Corporación Humanas

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