Delincuentes libres por secretaría

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SEÑOR DIRECTOR:

Hace unos días, la Corte Suprema anuló la condena contra alguien que portaba ilegalmente un arma semiautomática; hace un par de años, un tribunal de San Antonio dejó en libertad a un par de personas que tenían dos revólveres encargados por robo, una pistola, 190 cartuchos y más de cuatro millones en efectivo. Se trataba de delitos flagrantes, y sus autores quedaron en libertad.

Este tipo de situaciones son inentendibles para el ciudadano común. ¿Por qué se da esto? Porque el Código Procesal Penal dispone que el juez “excluirá las pruebas que provinieren de actuaciones o diligencias que hubieren sido declaradas nulas y aquellas que hubieren sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales”. Nuestro legislador y nuestros tribunales han tomado una visión extrema al momento de plantearse qué hacer con la prueba ilícita: decidieron sancionar los errores o abusos de procedimiento sacrificando la verdad. ¿No sería mejor sancionar a quien cometió el abuso procedimental, pero mantener la vigencia de la prueba que indica -sin lugar a dudas- que alguien cometió un delito? Si no se modifica esta legislación o su interpretación, los ciudadanos de a pie seguiremos responsabilizando a nuestros legisladores y jueces de la situación actual de delincuencia desatada.

Álvaro Paúl Díaz

Profesor de Derecho Internacional y DD.HH., Derecho UC

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