Opinión

Sala cuna sin letra chica

Sala cuna sin letra chica

Es urgente terminar con la discriminación que genera el artículo 203 del Código del Trabajo. En efecto, la norma vigente genera en las empresas un desincentivo a la contratación de más de 20 mujeres, para evitar pagar la sala cuna. Esto implica castigar la maternidad de aquellas mujeres que quieren ingresar o retornar al mercado laboral. Sin embargo, esta necesidad no debe ser legislada a cualquier precio.

El gobierno se aprovecha del genuino interés que despierta este proyecto en la ciudadanía para culpar a la oposición de obstaculizar su tramitación. Lo cierto es que, de haberse votado estos días, el resultado habría sido su rechazo.

Los motivos políticos de la oposición que acusa el Presidente Boric son solo consecuencia de la intransigencia política de su sector; temen la proliferación de establecimientos privados que se hagan cargo de la nueva demanda, pagados por el fondo creado para solventar el derecho a sala cuna. De hecho, este fue el motivo que impidió a la oposición del Presidente Piñera avanzar en la tramitación del proyecto original.

Si bien existen reparos económicos, tales como la viabilidad de las pymes de asumir los costos de las nuevas cotizaciones y la suficiencia del monto establecido para el pago de la matrícula, el problema de fondo es otro. El proyecto de este gobierno -en todas sus versiones- parte de una premisa injusta para trabajadores y empleadores: el fondo que se crea mediante el pago de una cotización adicional para efectos de financiar el derecho a sala cuna no tiene este pago como única finalidad. En la práctica, como no hay recursos suficientes para fortalecer la educación parvularia -por haberse priorizado la gratuidad universitaria- se buscan nuevas vías de financiamiento. Y el fondo que se crea a partir de cotizaciones adicionales so pretexto de financiar salas cunas aparece como la vía más cómoda para conseguirlas.

En efecto, las primeras versiones oficialistas del proyecto señalaban que los establecimientos privados no podrían recibir aportes de dicho fondo a menos que contaran con reconocimiento oficial. Esto implicaba que debían someterse a un procedimiento prácticamente igual al que ya habían realizado para conseguir la autorización de funcionamiento, categoría que por sí misma acredita la calidad de los establecimientos privados. Por otro lado, si actualmente el derecho a sala cuna puede ejercerse en establecimientos que cuentan con autorización, ¿por qué con el término del artículo 203 no se podría?

Esto dejaba a los establecimientos que reciben recursos del Estado con doble financiamiento: a través de la Junji y con el nuevo fondo creado para efectos de financiar el derecho a sala cuna. Sin embargo, las dificultades para aumentar la cobertura en el corto plazo, en un escenario de alta demanda potencial, generó dudas legítimas en la oposición.

A pocos días de comenzar el receso legislativo, el Ejecutivo accedió a incluir la oferta privada, pero para compensar la falta de nuevos recursos para el Estado planteó que el fondo también financiara un programa de fortalecimiento para la educación pública, así como estudios y gastos administrativos de la creación de un sistema público de registro.

No votar el proyecto tal como está hoy es una oportunidad para efectivamente sacarlo adelante. La cotización que se establece para crear el fondo es un mero disfraz ad hoc para obtener nuevos fondos para el Estado.

Por Francisca Figueroa, IdeaPaís

Más sobre:Sala cunaTrabajomujerespymes

COMENTARIOS

Para comentar este artículo debes ser suscriptor.

Plan digital + LT Beneficios por 3 meses

Comienza el año bien informado y con beneficios para ti ⭐️$3.990/mes SUSCRÍBETE