Abogados desmenuzan la reforma tributaria ad portas que inicie tramitación en el Senado

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Varias son las alertas que levantan los abogados del estudio Bruzzone y González , Osiel González y Francisco Saffie, a propósito de la reanudación del debate en el Senado: coherencia de la norma antielusión y certeza son los puntos más débiles.


Con una perspectiva integral, es decir, no solo tributaria sino también corporativa, abordan el estado actual de la reforma tributaria que comenzó su trámite en el Senado luego de su aprobación en la Cámara de Diputados.

Se trata de los abogados del estudio Bruzzone y González, Osiel González, y Francisco Saffie, este último, la más reciente incorporación de la firma y conocido también como el "padre" de la Norma General Antielusión (NGA) aprobada en 2014, quienes abordan tres ejes clave de la norma y cuáles son los riesgos que enfrenta el proyecto en lo que sigue.

Los costos de aprobar la reintegración. La primera aproximación de Osiel González acerca de la forma en que se ha debatido el proyecto del Ejecutivo. "Se partió de una interpretación no consensuada de lo que debía ser el sistema" y que en estos momentos "se está tratando de obtener la mayor cantidad de votos para aprobarla tal como se presentó" en particular, respecto de la integración. "Efectivamente el sistema sería más simple si se reintegrara, pero tampoco la reintegración es tan relevante como para que haya que hacerlo a cualquier costo. Ahí es donde se debe conversar", subraya.

Francisco Saffie complementa que "está saliendo una reforma tributaria que es un patchwork de distintas cosas, en la cual no se ve esfuerzo por una coherencia del sistema legal como un todo, sino que se buscan pequeños elementos que dejen satisfechos a algunos grupos de interés"; y por lo mismo, en el paso al Senado, sugiere que "hay una serie de temas que deberían volver a abrirse y ver cómo se relacionan con un sistema tributario general, como las compensaciones a la integración, que no es una forma de hacer buena política legislativa, porque va a quedar un conflicto interpretativo".

En ese contexto, González afirma que "tanto el proyecto de 2014 como el de 2018 han pecado de refundacionales" y ambos abogados afirman que si saliera la norma hoy desde el Congreso como está, se instalaría nuevamente como tema de la próxima campaña presidencial".

Buenas ideas, instrumentos cuestionables. Asociado a lo anterior, aparecen los mecanismos de compensación, en particular uno: los impuestos regionales. Para González, el 1% que se cobrará a la inversión regional "tiene una serie de externalidades" que lo convierten "en un instrumento inadecuado pese a tener un buen propósito".

Por su parte, Saffie señala que con este nuevo tributo "se pierde el sentido de cuáles son los impuestos a nivel nacional", señalando que el mejor mecanismo para entregar más recursos a regiones es vía Presupuesto, ya que vía impuestos "genera erosiones en la base y problemas en la fiscalización de normas. No le veo sentido, a menos que uno vea una política no muy coherente, sino obtener votos específicos".

Norma antielusión: los riesgos de judicialización. Para Saffie, tal como se aprobó en la Sala, "lamentablemente puede generar más inestabilidad para las empresas de lo que la cláusula actualmente tiene", ya que pierde coherencia, sobre todo, porque algunos de los cambios principales fueron respaldados por la Comisión de Hacienda, pero rechazados en la Sala.

Así, sus críticas apuntan sobre todo a la definición del abuso de la forma jurídica. Asevera que "la manera en que se aprobó genera tensión respecto de dos posibles comprensiones detrás de la Norma General Antielusión, lo que va a permitir que tanto la administración tributaria como los privados tengan herramientas para judicializar los casos".

¿Por qué? Saffie explica que el proyecto del Ejecutivo buscaba cambiar el enfoque de la Norma desde el derecho público al derecho privado. El problema, dice, "es ver si esto cumple la función de una Norma Antielusión y esa es la discusión que debería darse en el Senado".

En esa línea, sostiene que "la discusión se ha centrado en algunas definiciones de la ley, por ejemplo "notoriamente artificioso" que tiene sentido en algunas estructuras, pero no en la Norma Antielusión. Entonces no es que el término esté poco definido, es un injerto que no funciona", porque "le da preeminencia a la validez jurídica de los actos desde la perspectiva del derecho civil y ahí el "notoriamente artificioso" desaparece".

González complementa que anteriormente la Norma consideraba que para configurar un acto elusivo "debía tener efectos económico-jurídicos relevantes, lo que tenía lógica: ahora dice que no tiene que ser "notoriamente artificioso". En ese contexto, era mejor quedarse con lo que había antes", subraya.

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