Por Mariana MarusicSuperintendente de Pensiones zanja disputa sobre qué implica el “pleno traspaso del SIS” al Seguro Social
Las AFP, el gobierno y el Fondo Autónomo plantearon posiciones contrapuestas sobre lo que implica el traspaso del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia al Seguro Social, según lo dictaminó la reforma previsional. El superintendente Joaquín Cortez explicó a los senadores en lo que se traduce este mandato a juicio del regulador.

La ley que reformó el sistema de pensiones, que se publicó en marzo de 2025, dejó pendiente un proyecto de ley “para regular los ajustes operativos y regulatorios necesarios para el pleno traspaso del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)” desde las AFP al nuevo Seguro Social que creó la reforma, el que absorberá la prima de cargo del empleador que actualmente lo financia, que ha fluctuado entre 1,3% y 2,3% de la renta imponible, y que hoy se ubica en 1,62%.
Eso implica que desde agosto de este año el SIS pasará a ser parte de las prestaciones del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), que es el organismo público, de carácter técnico y autónomo, encargado de gestionar el Seguro Social.
Esto se financiará con la cotización que realicen los empleadores y que recaudará el Instituto de Previsión Social (IPS), que a futuro será del 2,5%, pero que también irá a financiar la compensación a las mujeres por su mayor expectativa de vida.
Por eso, en junio de 2025 el gobierno anterior ingresó un proyecto al Congreso que regula y permite el traspaso del SIS al FAPP. Pero este proyecto no ha avanzado y está recién en su primer trámite constitucional en el Senado.
El debate se reactivó la semana pasada en la comisión de Hacienda, donde distintos actores han mostrado diferencias respecto de lo que consideran un “pleno traspaso del SIS”.
La semana pasada el presidente del FAPP, Enrique Marshall, manifestó que las tareas operativas que hay detrás de este seguro no corresponden al organismo que lidera, por ejemplo, la gestión de las comisiones médicas que determinan la invalidez.

Y así lo reafirmó este miércoles en la comisión de Trabajo del Senado: “Nosotros entendemos que el traspaso que está definido en el artículo transitorio se refiere a las funciones que señalé, no a otras funciones. O sea, estamos hablando de la licitación, del pago de la prima y el monitoreo (de la sostenibilidad del Fondo). Esas son las funciones (del FAPP). Y cuando el artículo usa la expresión `pleno traspaso´, se refiere al pleno traspaso de esas funciones”, enfatizó Marshall.
Por su parte, la subsecretaria de Previsión Social, Elisa Cabezón, este martes respaldó los dichos de Marshall, pues dijo a los senadores de la comisión de Hacienda que “el tema de la administración de las comisiones médicas, creemos que corresponde que se mantengan en las AFP”.

Incluso fue más allá. Cabezón planteó que “respecto a la gestión operativa, que es todo el cálculo, determinación de la cobertura y pago, el tema es complejo, porque si bien la Ley 20.075 establece que parte de esas funciones le corresponden al IPS, nosotros hablamos con el IPS y eso involucraría que ellos se especialicen en un tema que todavía no entienden bien. Tienen que aprender un tema nuevo, debería ser un traspaso gradual, y que involucre recursos públicos”.
Pero las AFP han mostrado una posición contrapuesta a esto. Justamente cuando el año pasado se presentó el proyecto de ley, acusaron al gobierno previo de no haber cumplido con lo que prometía la reforma previsional. La entonces presidenta de las AFP, Paulina Yazigi, criticó que si bien la ley que reforma el sistema de pensiones prometía “el pleno traspaso del SIS” al Seguro Social, eso en la práctica no ocurría con el proyecto, dado que las AFP seguirían teniendo un rol en dicho asunto, básicamente en temas operativos.
Este miércoles insistió en lo mismo el nuevo presidente de la Asociación de AFP, León Fernández de Castro, quien pidió “el pleno traspaso del SIS” al Seguro Social. “A nuestro entender, lo que está hoy día en el proyecto, no se está haciendo cargo del traspaso completo”, comentó ante los senadores de la comisión de Hacienda.

Fue enfático al señalar que “creemos que hay que traspasar la administración del SIS. Creemos también que las comisiones médicas deberían estar incluidas en este proceso y radicarse en el IPS”. Apuntó principalmente a trasladar al IPS estas funciones que están en cuestión.
En medio de tal debate, en la misma sesión de este miércoles acudió el nuevo superintendente de Pensiones, Joaquín Cortez, quien zanjó la disputa sobre lo que implica el “pleno traspaso” al Seguro Social.
Primero, Cortez dijo que el proyecto de ley traspasa al FAPP la responsabilidad de elaborar las bases de licitación del SIS y adjudicarlo a las aseguradoras correspondientes, y la responsabilidad del pago de las prestaciones del SIS a los afiliados.
Luego afirmó que el proyecto de ley “no establece el traspaso del proceso de calificación de invalidez, ya que estos no pueden ser separados de las funciones de las AFP, las cuales comprenden un grupo de afiliados mucho mayor que los que están cubiertos por el SIS”.
Con datos del 2024, detalló que, “en promedio, aproximadamente la mitad de los pensionados por invalidez o sobrevivencia no estaban cubiertos por el SIS. 46% de los pensionados de invalidez y 58% de los pensionados de sobrevivencia no estaban cubiertos por el SIS, por lo cual correspondía a las AFP hacerse cargo de todos los aspectos que dicen relación con el SIS”.
Cortez agregó que la ley “mantuvo temas que estaban en el DL3.500. Mientras tanto, mantuvo la responsabilidad de las AFP respecto del cálculo y pago de las prestaciones de invalidez y sobrevivencia, estén o no estén cubiertos por el seguro. La ley que hizo la reforma, dejó en las AFP el cálculo y pago de las prestaciones de invalidez y sobrevivencia. Eso es lo que rige hoy día. Y en la relación con el afiliado, no cambia en modo alguno la relación del afiliado en el proceso de solicitud de pensión”.
Traspaso de reservas
El superintendente también explicó que “las reservas técnicas de los siniestros que queden al momento de realizar la liquidación total y definitiva del contrato, son transferidas a las AFP por las compañías de seguro. Esto es lo que llamamos las reservas especiales, que tienen como objetivo solventar los costos de los siniestros que están en proceso o que todavía no han sido reportados, pero corresponden al período de cobertura del seguro”.

Cortez señaló que el proyecto de ley establece “que la responsabilidad por los siniestros que se verifiquen a contar del 1 de agosto de 2027 va a ser del FAPP, porque el FAPP es el que va a licitar el nuevo contrato. Por lo tanto, eso tiene que ver con un contrato posterior”.
Indicó que “las AFP mantienen dicha responsabilidad por los siniestros que ocurran antes del 1 de agosto de 2027, que fue un contrato que ellas licitaron, que ellas adjudicaron. Por lo tanto, mantienen esa responsabilidad por todo aquello que ocurra hasta antes del 1 de agosto de 2027. Y van a tener que traspasar al FAPP las reservas especiales remanentes luego de transcurrido el plazo de seis años después de concluido el periodo de cobertura del último contrato”.
Añadió que “después del plazo de los seis años, el FAPP va a ser responsable de los siniestros que ocurran y que no hayan sido reportados, en la medida que eso no haya sido conocido oportunamente por las AFP”.
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