Caso Inverlink: tras cierre de alegatos, Corte deja en estudio apelación por la arista principal

Imagen tribunales
La figura de los abogados integrantes existe hace casi 200 años. Se ha tratado de reformar en 14 ocasiones por el Ejecutivo y el Congreso, pero todos los proyectos han fracasado.

Corfo pidió revocar la absolución de algunos condenados por ciertos delitos, mientras que los abogados de éstos solicitaron absolverlos de otros ilícitos.


Pasaron cerca de 12 años desde que estalló el caso Inverlink hasta que el ministro en visita de la Corte de Apelaciones, Carlos Gajardo, dictó sentencia en 2015 por la arista principal.

En julio de ese año, Gajardo condenó a 13 imputados -algunos con cárcel efectiva- por diversos delitos cometidos entre 1998 y 2003: malversación de caudales públicos, estafa e infracción a la Ley General de Bancos.

Tras ello, las partes no quedaron conformes y llevaron la condena a la Corte de Apelaciones, donde se comenzó a ver el tema. Y ayer terminaron los alegatos, por lo que la causa quedó en estudio a la espera de la resolución del tribunal, sin fecha definida.

La jornada la inició el abogado Juan Domingo Acosta, en representación de Corfo, entidad que fue perjudicada en más de $84 mil millones.

En concreto, Acosta solicitó que se revoquen las absoluciones de algunos de los condenados relacionadas a los delitos de cohecho, sobre Ley de Mercado de Valores, malversación de caudales públicos, y ciertas pretensiones civiles.

Sobre las absoluciones otorgadas por la sentencia de primera instancia en cuanto a los ilícitos por Ley de Mercado de Valores (18.045), el ministro en visita concluyó que 10 acusados intervinieron en operaciones de venta con pactos de retroventa de Inverlink Corredores de Bolsa, que no se registraron en su contabilidad y que tampoco fueron incluidas en un informe enviado por la intermediaria al regulador.

Junto con ello, determinó que personas naturales y jurídicas efectuaron inversiones en la corredora y que por decisión de sus directores depositaron esos dineros en Inverlink Consultores. Este hecho fue calificado como desviación de fondos, pero se descartó que se haya tratado de transacciones engañosas o fraudulentas, como lo establece la Ley 18.045.

Con este telón de fondo, Acosta argumentó que el tipo penal no solo protege al mercado en general, sino que a las operaciones que se realizan en torno a los valores e incluso a las que se realizan de forma privada.

"Los delitos de la ley N° 18.045 han sido concebidos como tipos penales de peligro abstracto (no requieren una afectación efectiva al bien jurídico protegido). Sin embargo, aunque se les entendiera como delitos de peligro concreto (requieren un riesgo efectivo a dicho bien), en el presente caso los acusados efectivamente produjeron ese peligro, e, incluso, un daño al mercado de valores", afirmó.

Después fue el turno de los abogados defensores de algunos condenados, quienes pidieron que se les absuelva de algunos delitos y que en caso de que no se determine eso, que se aplique la pena alternativa de libertad vigilada intensiva.

También expuso un abogado en representación del municipio de Viña del Mar, que tenía cerca de $3.300 millones invertidos en Inverlink antes de que estallara el caso. El profesional pidió que se confirme la sentencia en lo relacionado al delito de estafa y que se rechace la prescripción de este ilícito, como solicitaron los defensores de algunos condenados.

Los alegatos comenzaron el viernes 29 de marzo, donde, entre otros, expusieron Rodrigo Reyes, por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), y Julián López, en defensa del condenado Francisco Edwards.

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