Comisión Mixta fija garantía y regulación a asesores como Felices y Forrados

Gino Lorenzini en una de sus últimas apariciones públicas en la que recomienda postergar en algunos casos el segundo retiro del 10% de los fondos previsionales para evitar pago de impuestos. (Fuente: Felices y Forrados en YouTube)

Se crearán dos registros, uno de Asesores Previsionales y otro de Asesores Financieros Previsionales. Estos últimos serán fiscalizados conjuntamente por Superintendencia de Pensiones y de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), a través de resoluciones conjuntas y diferenciadas.


Todo un nuevo capítulo se insertará al decreto 3.500 para regular a los asesores previsionales masivos, según lo que aprobó la Comisión Mixta que resolvía las divergencias entre la Cámara y el Senado respecto del proyecto que establece nuevas exigencias a los agentes de mercado.

Esta iniciativa que aborda una miscelánea de temas este miércoles finalizó el tratamiento con uno de los puntos que más costó acordar, pues el Ejecutivo no lograba concordar una definición que dejara satisfecho a los parlamentarios.

Finalmente el martes en la noche, el gobierno envió su propuesta de indicación convirtiéndose en la primera medida adoptada por el nuevo ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda.

En general el nuevo capítulo 17 consta de un extenso articulado de 10 páginas. En la definición se concreta la diferenciación entre los Asesores Previsionales y los Asesores Financieros Previsionales que no realizan atención personalizada, sino que de forma masiva se comunican con los afiliados y entre otras cosas, sugieren transferencias entre tipos de Fondos de Pensiones. A estos últimos pertenece por ejemplo la entidad Felices y Forrados.

Se crearán dos registros, uno de Asesores Previsionales y otro de Asesores Financieros Previsionales. Estos últimos serán fiscalizados conjuntamente por Superintendencia de Pensiones y de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), a través de resoluciones conjuntas y diferenciadas.

Entre los requisitos se establece que deben constituirse en Chile y sus socios y administradores deberán contar con antecedentes comerciales intachables, y acreditar una garantía “para responder de los perjuicios que puedan ocasionar” a quienes los contraten. Si bien el monto lo fijarán los reguladores, la norma establece un piso de 500 UF y un techo de 60.000 UF. Su plana gerencial no podrá estar relacionada con algún dependiente de una AFP o aseguradora.

En otro proyecto, ayer se promulgó la ley Fogape Reactiva, el cual busca facilitar el crédito a las pymes.

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