Por Maximiliano VillenaFraude con tarjetas: Ejecutivo mantiene monto máximo a devolver por operaciones desconocidas y la banca se va en picada
La mañana de este viernes se publicó en el Diario Oficial el Decreto Exento N° 473, en el cual los ministerios de Economía y Hacienda decidieron mantener el límite de UF35 ($1.389.802).
Con molestia reaccionaron los bancos luego de que la mañana de este viernes se publicara en el Diario Oficial el Decreto Exento N° 473, en el cual los ministerios de Economía y Hacienda decidieron mantener el límite de UF35 ($1.389.802) para la restitución de operaciones desconocidas por el usuario de los medios.
Las modificaciones introducidas en 2024 a la Ley 20.009, conocida como Ley de Fraude con Tarjetas, facultaron a dichos ministerios a establecer este límite en el rango de 15 a 35 UF, además de poder fijar límites diferenciados por tipo de operación, medio de pago y producto.
La Asociación de Bancos (Abif) lamentó la decisión de los ministerios de Hacienda y Economía, que contó con la opinión favorable de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

“Desde la mirada del gremio, la mejor opción para mitigar el surgimiento de autofraudes era determinar el límite superior para la devolución de las operaciones desconocidas en las 15 UF y no mantenerlo en 35 UF”, señalaron mediante un comunicado.
Según el decreto publicado este viernes, una nota técnica de la CMF de febrero del año pasado, titulada “Antecedentes sobre la aplicación de la Ley de Fraudes”, detalla que el aumento de los reclamos entre 2023 y marzo de 2024 resultó en un incremento sostenido de las pérdidas asumidas por las instituciones financieras. Para la banca, esta situación alcanzó su punto crítico en marzo de 2024, cuando las pérdidas superaron los $70.000 millones, pero que “luego, comenzaron a descender de forma pronunciada a medida que disminuían los reclamos” y que “a diciembre de 2024, las pérdidas por este concepto equivalen a menos del 20% de las pérdidas máximas registradas”.
El mismo estudio de la CMF consigna expresamente que “los recuperos por fraude externo también se incrementaron en la segunda mitad del año, siendo este efecto más notable para la banca, que es el grupo donde los recuperos representan un mayor porcentaje de las pérdidas”, dice el decreto.
Por ello, se determinó que, a la luz del conjunto de antecedentes descritos, es posible observar “una reducción de las pérdidas brutas por fraude externo”, así como “el descenso de las pérdidas asumidas por las instituciones a menos del 20% del máximo registrado, según el estudio de la CMF”.

“Atendido lo anterior, es prudente concluir que, a la fecha, no existe aún una trayectoria suficientemente extensa bajo la nueva regulación complementaria que permita justificar una modificación del umbral de restitución”, sostiene el decreto, agregando que la CMF “no observa inconvenientes en que, por las razones expuestas en su oficio, se haya estimado pertinente mantener el umbral de UF35 fijado para la restitución de fondos o cancelación de cargos correspondiente a las operaciones reclamadas en el contexto de la ley N° 20.009″.
Los reparos de la Abif
Según el comunicado de la Abif, la Ley de Fraudes con Tarjetas aún mantiene distorsiones fundamentales en el sistema de pagos, “que se reflejan en una tasa de fraudes que es tres veces mayor a la observada antes de las modificaciones a dicha ley en mayo de 2020 (ley 21.234), y más de 6,5 veces superior a la registrada en la Unión Europea. Adicionalmente, persisten malas prácticas en torno a los umbrales definidos”.
En este sentido, el gremio ve “con preocupación la inconsistencia de la decisión del Ejecutivo. Esto, ya que la atribución solicitada por el Gobierno en dicha ley buscaba precisamente reducir los incentivos a los autofraudes. Contrariamente a lo esperado, mantuvieron el monto de UF35″.
“La Abif concluye que la decisión de los ministerios de Hacienda y Economía desconcierta y no es acorde a la realidad que buscaban abordar las modificaciones a la Ley de Fraudes”, agregaron en el comunicado.
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