Ministro de Trabajo enfatiza que solo los malls y strip center deberán cerrar el domingo
La Dirección del trabajo fiscalizará a empresas que no permitan sufragar a sus empleados este domingo.
Un llamado a respetar las normas que protegerán los derechos de los trabajadores durante las elecciones primarias voluntarias de este domingo 29 de junio del pacto Unidad por Chile, hicieron este jueves el ministro de Trabajo, Giorgio Boccardo, y el director del Trabajo, Pablo Zenteno.
Ambas autoridades visitaron el mall Vivo Imperio, para informar las exigencias legales que deberán ser acatadas durante las elecciones primarias.
Ejemplificando con la situación del mall visitado, informaron que este tipo de recintos comerciales y los strip center administrados por una sola razón social, o personalidad jurídica, deberá permanecer cerrado el día domingo por corresponder a un feriado legal y obligatorio para sus trabajadores.
Todo el resto del comercio -incluyendo supermercados, grandes tiendas y otros locales no regidos por la situación legal ya descrita- podrá funcionar este domingo.
Asimismo, enfatizaron que aquellos trabajadores que deben cumplir con su jornada laboral el día de las elecciones primarias, y deseen voluntariamente emitir su sufragio, cuentan con todas las garantías legales para hacerlo, sin impedimentos ni represalias.
En ese contexto, el ministro Boccardo, indicó que “este domingo 29 de junio hay elecciones primarias, y si bien el voto es voluntario, nuestra invitación como Ejecutivo es a que se participe informadamente, ya que este tipo de elecciones no sólo es una importante instancia para tomar decisiones, sino que también fortalece nuestra democracia”.
El ministro Boccardo subrayó que “el derecho de sufragio es una garantía constitucional y no puede ser impedido bajo ningún pretexto”.
Por su parte, el director del Trabajo, Pablo Zenteno, especificó que “los trabajadores y trabajadoras que deban trabajar ese día, producto de que tienen jornadas excepcionales o trabajo continuo autorizado por la ley, y decidan sufragar voluntariamente, tienen el derecho a tres horas para ir a votar. Y aquellos trabajadores y trabajadoras que fueron designados vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta Electoral pueden contar con el permiso por todo el tiempo que dure ese trabajo y no pueden sufrir disminución de sus remuneraciones o menoscabos de ningún tipo”.
Sobre el feriado del comercio, Zenteno explicó que “queremos ser muy claros sobre el funcionamiento del comercio durante el día de las elecciones primarias, el próximo domingo 29, porque la prohibición de funcionamiento afecta únicamente a los malls, strip center y otros complejos comerciales regidos por una sola razón social o personalidad jurídica, todos los cuales no podrán abrir ese día. Es una restricción que no afecta al resto del comercio, incluyendo a grandes tiendas, supermercados y otros establecimientos con administración propia, que funcionarán normalmente”, explicó.
El feriado empezará a las 21.00 horas del sábado 28 y se extenderá hasta las 06.00 horas del lunes 30 de junio.
Fiscalización laboral durante los comicios
La DT realizará fiscalizaciones este fin de semana a través de las denuncias recibidas en el Canal de Atención Telefónica (CAT) -600 450 4000- entre las 09.00 y las 14.00 horas de ambos días.
Las materias fiscalizables son las siguientes:
1.- No otorgamiento de feriado legal y obligatorio para los trabajadores comprendidos en el numeral 7 del artículo 38 del Código del Trabajo, en aquellos casos en que presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.
- Multas de entre 3 ($206.355) y 60 UTM ($4.127.100) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
2.- No otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, para quienes los días de la elección no constituyen feriado legal.
- Multas de entre 3 ($206.355) y 60 ($4.127.100) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
3.- No otorgamiento de permiso por 3 horas a trabajadores para sufragar.
- Multas de entre 3 ($206.355) y 60 ($4.127.100) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
(*) Valor de la UTM en junio 2025: $68.785.
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