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Ocho exaltos ejecutivos de Corona interponen querella por apropiación indebida de impuestos laborales

Un grupo de exgerentes y exsubgerentes de Corona presentó una querella criminal por presunta apropiación indebida contra quienes resulten responsables, acusando que la empresa retuvo y desvió fondos tributarios y laborales antes de su quiebra, declarada en agosto, tras fracasar su proceso de reorganización judicial por falta de financiamiento.

Multitiendas Corona logra respaldo de acreedores para plan de reorganización judicial y asegura su viabilidad

Un grupo de exgerentes y subgerentes de Corona presentó este miércoles una querella criminal por el presunto delito de apropiación indebida en contra de quienes resulten responsables, en el marco de la disputa legal que mantienen extrabajadores de la compañía, luego de que en agosto de este año se declarara la quiebra de la multitienda.

El proceso de liquidación del retailer, propiedad de los hermanos Malú, Paula y Herman Schupper, comenzó a gestarse el 22 de julio, fecha en que se oficializó que la empresa no había logrado obtener el financiamiento comprometido dentro de su proceso de reorganización judicial. El plan contemplaba un crédito por $22 mil millones, compromiso adquirido por los hijos del fundador de la firma, Leonardo Schupper. Sin embargo, dicho proceso fracasó luego de que la banca, que en un comienzo había respaldado la propuesta de reorganización, comunicara posteriormente —mediante cartas— que no estaba dispuesta a otorgar el financiamiento solicitado, lo que precipitó la quiebra de la compañía.

La acción penal fue ingresada al 7° Juzgado de Garantía y patrocinada por el abogado Matías Berríos Fuchslocher, socio del estudio jurídico Berríos & Palavecino | Pinochet, el mismo que lleva adelante las 88 medidas prejudiciales en 29 Juzgados Laborales, en distintas regiones, en los que exige la exhibición de una serie de documentos a la empresa.

En el documento, al que tuvo acceso Pulso, los ejecutivos de Corona, entre los que figuran el gerente de Servicios Corporativos, el subgerente de Tesorería y Recaudación, y el subgerente de Relaciones Laborales, entre otros, denunciaron que “durante el período comprendido entre noviembre de 2024 y junio de 2025, la empresa Multitiendas Corona S.A. retuvo, en cumplimiento de sus obligaciones tributarias y laborales, sumas correspondientes al impuesto único de segunda categoría y otros componentes declarados en el Formulario 29 del Servicio de Impuestos Internos (SII)”.

Los administradores y representantes de la empresa, conociendo la obligación fiduciaria que les incumbía, decidieron destinar dichos fondos retenidos a solventar gastos de caja y liquidez interna de la empresa, en el contexto previo a su proceso de liquidación, apropiándose indebidamente de dineros ajenos, en perjuicio directo de los trabajadores, quienes verán disminuida su devolución de impuestos en el ejercicio tributario del año 2026″, denunció el libelo.

Según los exejecutivos de Corona, los hechos descritos constituyen una clara hipótesis del delito de apropiación indebida, siendo “víctimas, por cuanto existió una tenencia legítima inicial de los fondos retenidos, una obligación de enterarlos al Fisco, y una distracción dolosa de tales recursos en beneficio de la propia empresa”.

Formulario 29

De acuerdo al mismo documento, dichas sumas, eran descontadas mensualmente de las remuneraciones de los trabajadores, y debían ser enteradas al Fisco dentro de los plazos legales establecidos.

Sin embargo, indicó que “en dicho período la empresa no efectuó el pago íntegro del Formulario 29, optando por acogerse a convenios de pago en 23 cuotas mensuales ante el Servicio de Impuestos Internos. Aun así, tales convenios fueron cumplidos solo parcialmente: en el caso del IVA correspondiente a noviembre de 2024, solo se pagaron cinco cuotas de las veintitrés pactadas, con vencimiento al 31 de mayo de 2025″.

“En los períodos siguientes (diciembre de 2024 a marzo de 2025) el patrón de incumplimiento fue creciente, reduciéndose el número de cuotas efectivamente pagadas; para el IVA de abril de 2025 —declarado en mayo del mismo año—, solo se pagó el pie inicial, quedando 23 cuotas pendientes", agregó.

En la querella se explicó que “el Formulario 29 es un instrumento indivisible, no siendo jurídicamente posible cumplirlo parcialmente por ítem. En consecuencia, la falta de pago o el incumplimiento de los convenios implica la omisión total del entero de los montos retenidos, tanto por concepto de IVA como del impuesto a la renta retenido a los trabajadores”.

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