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Regulador sanciona a AFP Habitat por realizar actividades ajenas a su objeto exclusivo al promocionar a Prudential AGF

La Superintendencia de Pensiones acusó que la AFP usó sus plataformas institucionales “para difundir información y campañas publicitarias destinadas a la promoción y oferta de instrumentos de inversión y ahorro voluntario" de Prudential AGF. De todos modos, el regulador aplicó solo sanción de censura, porque hubo factores que "moderan el reproche", según señaló.

El miércoles de la semana pasada la Superintendencia de Pensiones aplicó una sanción de censura contra AFP Habitat por “incumplir de manera reiterada” con la ley y el reglamento del regulador, al haber “llevado a cabo actividades ajenas a su objeto exclusivo”.

La Superintendencia acusó que la AFP usó sus plataformas institucionales, como el sitio web y correos electrónicos, “para difundir información y campañas publicitarias destinadas a la promoción y oferta de instrumentos de inversión y ahorro voluntario pertenecientes a la sociedad Prudential AGF”.

Precisamente Habitat y Prudential AGF son controladas por las mismas compañías, Inversiones La Construcción (ILC, brazo de inversiones de la Cámara Chilena de la Construcción) y la empresa estadounidense Prudential Financial.

Los hechos investigados

El regulador relató que en julio de 2024 se percató que el nombre de AFP Habitat y su logo aparecían en la publicidad que comenzó a difundir Prudential AGF mediante televisión abierta, plataformas digitales y su sitio web, haciendo referencia a una alianza suscrita entre ambas empresas.

Ese mes la superintendencia, además de exigir que el nombre de Habitat y su logo dejaran de aparecer en dicha publicidad, instruyó a la AFP para explicar a qué se refería con esa alianza.

La AFP respondió que el objetivo “es entregar más y nuevas alternativas de inversión de ahorro voluntario para la pensión a los afiliados. Además, de las alternativas de ahorro voluntario que ofrece actualmente AFP Habitat (APV y Cuenta 2), puedan invertir en Depósitos de Ahorro Voluntario de Prudential AGF”, afirma el documento que contiene la sanción del regulador.

Además, Habitat luego detalló que la referida alianza no fue hecha por escrito, sino que era verbal, y consistía en lo siguiente: “AFP Habitat tendrá una fuerza de ventas exclusiva para la comercialización de sus productos voluntarios (APV y Cuenta 2). Este equipo de agentes de ventas no comercializará el producto obligatorio, por lo que no quedará sujeto a las obligaciones regidas para estos y, tal como la normativa lo permite, podrá ser contratado por otra entidad si el agente de venta, así lo desea”.

Por su parte, “Prudential AGF tendrá una fuerza de ventas no exclusiva que comercializará sus depósitos o planes de ahorro voluntario (fondos mutuos y fondos de inversión) con agentes de ventas que no serán exclusivos para ellos, sino que podrán contratar con otras entidades”, detalla el documento.

Así, agrega que “Prudential AGF podrá contratar agentes de ventas que formen parte de la fuerza de ventas exclusiva de productos voluntarios de AFP Habitat. Todo ello, siempre y cuando el respectivo agente de ventas consienta en ello”.

El acta de directorio de la sesión realizada el 27 de junio de 2024 por la AFP, muestra que la unanimidad de los directores aprobó la alianza entre Habitat y Prudential AGF, luego de escuchar al gerente general, quien expuso “que la señalada alianza tenía por objeto contrarrestar la fuga de afiliados hacia otras AFP y diversificar el riesgo en el componente voluntario, proporcionando a sus afiliados distintas alternativas que promovieran el ahorro voluntario, en consideración de la reducida oferta que puede hacer esa administradora”, puntualiza el documento.

Asimismo, agrega que el gerente general de la AFP “precisó que lo anterior no implicaría un precio ni un pago de por medio. Por último, indicó que se realizaron los análisis pertinentes desde el punto de vista legal, regulatorio y comercial, los que arrojaron como resultado la factibilidad y conveniencia de formar la alianza con esos propósitos”.

En agosto de 2024 la Superintendencia de Pensiones acudió presencialmente a fiscalizar a AFP Habitat en sus dependencias, a partir de lo cual “se logró identificar 26 accesos permitidos (todos relacionados con personal asociado a la Alianza Habitat-Prudential) al Sistema de Gestión de Clientes (SGC) de AFP Habitat”.

Al respecto, el regulador sostuvo que ese mes “constató que consultores de AFP Habitat enviaron correos electrónicos a clientes de dicha AFP que mantenían productos voluntarios en la administradora, haciendo publicidad de productos de inversión de Prudential AGF, los cuales eran ajenos a los productos propios del giro exclusivo de las AFP”. Algo similar denunció AFP Cuprum en marzo de 2025 a la superintendencia.

El regulador agrega que en 2025 Habitat continuó enviando correos electrónicos a sus afiliados que tenían contratados productos de ahorro voluntario con la AFP, donde solicitaban “autorizar que un ejecutivo de Prudential AGF los contactara”. Además, el regulador constató que en abril de 2025 Habitat dispuso en su sitio web privado, “mediante una ventana emergente, un mandato denominado ´¡Nuevas opciones de Ahorro e Inversión!´, solicitando al afiliado autorización para que un ejecutivo de Prudential AGF lo contactase para entregarle asesoría sobre productos de ahorro previsional voluntario".

La Superintendencia instruyó a Habitat eliminar y detener toda la promoción anterior y definió abrir un expediente de investigación en su contra.

Si bien la AFP informó que detuvo toda la publicidad referente a la alianza, el regulador luego constató que en el sitio web de Prudential AGF había una publicidad que señalaba: “Trae tu APV de AFP Habitat a Prudential AGF sin costo y 100% digital para que accedas a oportunidades de inversión en Chile y el mundo con nuestras alternativas con el respaldo de nuestra asesoría experta”.

La sanción

La Superintendencia de Pensiones definió que “las conductas acreditadas generaron un riesgo para el correcto funcionamiento y la claridad institucional del sistema de pensiones, al desdibujar la separación que debe existir entre la actividad previsional propia de una AFP y la promoción de productos administrados por otras entidades financieras”.

Para determinar la sanción, el regulador consideró “la gravedad de la infracción o incumplimiento. AFP Habitat utilizó plataformas y canales institucionales, entre ellos sus sitios web y casillas de correo electrónico, para difundir información, promover productos administrados por Prudential AGF y facilitar el contacto comercial con ejecutivos de dicha entidad”.

La superintendencia argumentó que “esta conducta resulta incompatible con el objeto exclusivo de la administradora, que comprende la administración de los fondos de pensiones y el otorgamiento y administración de las prestaciones y beneficios establecidos por el D.L. N°3.500, de 1980″.

Sin embargo, la superintendencia ponderó lo anterior con otros asuntos. “Si bien la conducta reviste gravedad por su carácter institucional, la pluralidad de canales utilizados y su aptitud para generar confusión, concurren factores que moderan el reproche: no se acreditó beneficio económico directo, daño patrimonial concreto ni sanciones anteriores por hechos de la misma naturaleza; la administradora adoptó medidas correctivas posteriores y actuó bajo una interpretación jurídica previa que, aunque errónea, disminuye el reproche”.

Debido a ello, el regulador señaló que “la sanción de censura aparece como una medida idónea, necesaria y proporcional para reprochar la infracción y prevenir su reiteración, sin resultar procedente la aplicación de una sanción pecuniaria”.

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