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Sancionan a cooperativa por cobrar más intereses de lo establecido

Para marzo de 2025, la empresa habría percibido más de $11 millones producto de los sobrecobros efectuados.

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La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) determinó aplicar una sanción de censura a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Nacional Para la Familia (Coonfia) por haber cobrado intereses que excedían la Tasa Máxima Convencional (TMC) en 365 operaciones de crédito.

Coonfia, fundada en agosto de 1963, cobró intereses que sobrepasaban lo estipulado por la TMC entre agosto de 2023 y marzo de 2025. De acuerdo a la CMF la CMF cobró intereses por sobre la Tasa Máxima Convencional en 365 operaciones de crédito por un monto total $11.122.223.

El detalle de los cobros corresponde a operaciones no reajustables de 90 días o más y menores o equivalentes a 50 UF, sumaron 74 los casos donde la entidad excedió la tasa.

Para aquellas reajustables de 90 días o más y menores o equivalentes a 200 UF y superiores a 50 UF fueron 62 casos, mientras que para aquellas iguales a 5.000 UF y superiores a 200 UF fueron 32 casos.

La mayor cantidad de casos se concentró en operaciones no reajustables descontadas de la pensión del cliente, con un total de 197 casos.

La sanción que recibió la Cooperativa corresponde a una de censura, esto significa que no fue sancionada monetariamente. Si bien, en sus inicios el comisionado Beltrán de Ramón había propuesto una multa de 280 UF (cerca de $11.160.000), se desestimó el cobro debido a que la empresa en cuestión ya había iniciado la restitución de los montos sobrecobrados.

“Tras la fiscalización de la Comisión, Coonfia adoptó de inmediato medidas correctivas destinadas a rectificar los eventuales errores de interpretación en los que habría incurrido”, señaló la Cooperativa en un descargo ante la CMF.

Frente a ello, desde Coonfia expusieron que el hecho sucedió producto de un “criterio regulatorio que generó un efecto puntual”, lo que aseguraron que ocurrió luego de una interpretación adoptada por la Comisión que obligó a incorporar un porcentaje extra a la tasa.

En la contraparte, desde la entidad sancionatoria expusieron que ello “no libera a Coonfia de la responsabilidad por infringir regulaciones expresas y específicas contempladas en la Ley”, por lo que señalaron no acoger los descargos formulados, frente a esto, determinaron sancionar de censura a la empresa, lo que se traduce en una represión formal y escrita.

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