Ya hay ley corta de isapres: impide reparto de utilidades hasta pago de deuda a afiliados, fortalece la Superintendencia y modifica normativa de aseguradoras

La iniciativa que ingresó este martes al Senado, a raíz del fallo de la Corte Suprema, establece un plazo de seis meses a las aseguradoras privadas para que determinen montos adeudados y plan de pago que deberá ser aprobado por la superintendencia.


Se terminó la incertidumbre. Y después de varios aplazamientos, este martes el gobierno ingresó el proyecto de ley corta para viabilizar el fallo de la Corte Suprema que mandata a las isapres a aplicar la nueva tabla de factores a todos los afiliados y restituir los cobros en exceso. Así, a 20 días de que termine el plazo fijado por la última sala para cumplir el fallo, la propuesta ingreso con urgencia simple a la Comisión de Salud y de Hacienda del Senado.

La propuesta tiene tres grande componentes: moderniza Fonasa, creando la Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC); fortalece la Superintendencia de Salud (SIS), para que pueda fiscalizar la labor de las isapres; y modifica la normativa de las isapres, estableciendo condiciones para que cumplan las sentencias, y al mismo tiempo, mantengan las coberturas de sus afiliados y puedan seguir siendo actores del sistema privado de salud en este nuevo escenario.

En ese contexto, el proyecto fortalecerá a la Superintendencia de Salud para instruir la adecuación de los precios finales de los contratos, donde el factor a aplicar al precio base corresponde a la Tabla de Factores que la institución definió en la circular de 2019. Asimismo, se instruirá la suspensión del cobro de los menores de dos años. Además, definirá el precio GES que podrán cobrar las isapres y podrá incluir nuevos factores para el reajuste de los precios base (ICSA), que pasará a ser valor de reajuste obligatorio, dejando de ser un tope máximo.

Tematica Isapres, Banmedica, colmena, Cruz Blanca, Vida Tres. MasVida, Consalud. Foto: Andres Perez

Ahora, para restituir los cobros en exceso, el proyecto de ley establece que las isapres deberán a informar en un plazo de seis meses el número de contratos afectados por las devoluciones y el monto total de la deuda, para luego proponer un plan de pago. Y entre las facultades de la SIS, deberá aprobar el plan de pago, previo pronunciamiento -no vinculante- de una Comisión Asesora que estará compuesta por tres expertos, provenientes de los ministerio de Salud, Hacienda y Economía, y tres representantes de facultades de Economía, de Medicina o Ciencias de Salud y de Derecho. La instacia estará presidida por el representante del Minsal, quien también dirimirá empates.

Y si la primera presentación del plan de isapres es rechazada, las aseguradoras solo tendrán una oportunidad más para presentar uno nuevo, y en el caso de que los planes sean negados una vez más, la Superintendencia de Salud deberá fijar el plan de devolución de la deuda por sí misma.

Eso sí, no se permitiría el retiro de utilidades por parte de las aseguradoras hasta el pago total de las deudas con los afiliados. Lo que deja a las isapres en un escenario complicado, pues acaban de sumar su noveno trimestre en rojo, luego de perder 2.152 millones de pesos a marzo.

Como último punto, el proyecto también fortalecerá a Fonasa mediante una nueva modalidad, denominada de cobertura complementaria. Así, sus beneficiarios podrán contratar seguros privados voluntarios a través de una prima comunitaria adicional al 7% -por beneficiario- así las personas que coticen en el sistema público podrán acceder a un esquema de cobertura integrado por prestadores privados con copagos mínimos garantizados.

Tras conocer la propuesta del gobierno, el presidente de la Comisión de Salud del Senado, Juan Luis Castro (PS), afirmó que citará este miércoles a la Ministra de Salud Ximena Aguilera, al director de Fonasa, Camilo Cid y al superintendente de Salud, Víctor Torres, para que puedan explicar “los alcances tanto respecto al monto del total de la deuda acumulada, que ha sido uno de los motivos de controversia en los últimos meses, de modo tal que las personas sepan cuán es la cifra que a cada quien le toca”.

¿Se cumple o no el fallo?

No obstante que el proyecto ya es realidad, hace algunos días la ministra vocera de gobierno, Camila Vallejo, confirmó que el Ejecutivo no solicitaría más plazo a la Suprema para aplicar el fallo, pues con el ingreso del proyecto daba por cumplido el mandato.

“En la medida en que ya tengamos la presentación del camino que se va a seguir, damos cumplimiento al paso más importante, pero todo esto se va evaluando en el camino si se requiere observar más, o más tiempo para poder darle espacio al Congreso Nacional en su tramitación. Será algo que se evaluará”, señaló Vallejo.

Camila Vallejo

Sin embargo, esta interpretación abrió un debate entre parlamentario y expertos, pues hay quienes aseguran que el gobierno estaría equivocado y que la presentación de la ley corta no bastaría para dar por cumplido lo mandatado por la sala del máximo tribunal.

En ese contexto, la ministra vocera de la Corte Suprema e integrante de la Tercera Sala, Ángela Vivanco, se pronunció respecto a la visión de La Moneda la semana pasada y aseguró que el cumplimiento del fallo le pertenece a las cortes de apelaciones, de tal manera que las cortes de apelaciones según el mérito y según las presentaciones que hagan los interesados tendrán que determinar si de este el modo se está cumpliendo el fallo”.

Contrario a la interpretación del gobierno, el senador Castro aseguró este martes que es fundamental solicitar más tiempo: “Es imposible materialmente que se cumpla el fallo sin tener una ley que permita habilitar las nuevas facultades del superintendente. Y eso es clave que ocurra antes. Como acaba de ingresar hoy el proyecto de ley y los tiempos no cuadran para que esto esté antes del 30 de mayo, lo lógico es, como anunció la propia ministra de Salud, pedir una extensión de plazo a la misma Corte Suprema”.

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