Por Sandar E. OportoAsignación Familiar: ¿Quiénes reciben el beneficio y cuáles son los tramos para 2026?
El programa facilita un monto según los ingresos y se encuentra dirigido a personas trabajadoras y pensionadas.

Uno de los beneficios que cuentan con pago mensual es la Asignación Familiar, que se traduce en una cifra que se facilita al grupo por cada carga familiar.
El programa está dirigido a trabajadores, pensionados, beneficiarios de otros programas sociales y a embarazadas, sean trabajadoras o cargas de su cónyuge, a través de la llamada Asignación Maternal.
De acuerdo al sitio ChileAtiende este beneficio tuvo una actualización en sus valores, donde se asigna un monto en función de los ingresos:
- Con ingreso de hasta $649.039 se reciben $22.601.
- Con ingreso desde $649.040 hasta $947.990 se reciben $13.870.
- Con ingreso desde $947.991 hasta $1.478.539 se reciben $4.382.
- Con ingreso superior $1.478.539 no se recibe el subsidio pero sí otras prestaciones.
Quiénes reciben la Asignación Familiar
Pueden acceder a la Asignación Familiar las personas en las siguientes situaciones:
- Trabajadores dependientes del sector público y privado.
- Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional, desde el 1 de enero de 1974.
- Trabajadores independientes que cotizan en AFP y tienen una o más cargas acreditadas ante el Instituto de Previsión Social (IPS).
- Pensionados de cualquier régimen, como AFP, IPS, Capredena, Dipreca u otros.
- Pensionados de viudez y madre de hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Persona natural con niños a cargo por resolución judicial.
- Beneficiarios del Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral.
- Trabajador con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al quedar cesante recibe la Asignación.
- Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal o Pensión Básica Solidaria de Invalidez, solo respecto de descendientes que vivan a su cargo.
- Instituciones acreditadas por el Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados o con discapacidad.
Por su parte, para recibir el aporte se deben acreditar las cargas familiares, que pueden ser:
- Cónyuge.
- Cónyuge embarazada.
- Trabajadora embarazada.
- Hijos o hijastros hasta los 18 años, o hasta los 24 años si son solteros y estudiantes regulares.
- Hijos discapacitados de cualquier edad.
- Nietos o bisnietos, huérfanos de padre o madre o abandonados por estos.
- Madre viuda.
- Padres, abuelos y otros ascendientes mayores de 65 años o discapacitados de cualquier edad.
- Niños huérfanos o abandonados que están a cargo de instituciones del Estado.
- Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.
Para reconocer a una carga familiar se requiere ingresar al sitio de ChileAtiende, o acudir a una sucursal, mientras que los afiliados a una Caja de Compensación deben solicitar el trámite mediante sus canales de atención.
COMENTARIOS
Para comentar este artículo debes ser suscriptor.
Lo Último
Lo más leído
La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
50% Plan Digital+$5.150 al mes SUSCRÍBETE


















