Por Lucas MujicaTribunal de Defensa de la Libre Competencia rechaza demanda por indemnización de perjuicios de Barnechea contra la ANFP
El TDLC apuntó a que el club huaicochero había renunciado a las acciones civiles previamente.

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia rechazó la demanda por indemnización de perjuicios presentada por Barnechea en contra de la ANFP, al acoger la excepción de cosa juzgada y estimar que las acciones civiles ya habían sido renunciadas previamente por el club.
“Barnechea sostuvo en su demanda que habría sufrido daños patrimoniales y extrapatrimoniales derivados del ilícito por el que la ANFP fue condenada por este Tribunal en la Sentencia N° 173/2020, al haberse visto obligada a suscribir una transacción por la cual pagó un monto de 24.000 UF a título de cuota de incorporación por su ascenso al campeonato de la Primera División B del fútbol profesional de 2018”, señala la sentencia.
La decisión del tribunal
El TDLC rechazó la demanda tras acoger la excepción de cosa juzgada presentada por la ANFP. El tribunal determinó que el conflicto ya había sido resuelto mediante una transacción suscrita entre las partes el 20 de diciembre de 2017. En ese acuerdo, Barnechea renunció expresamente a las acciones civiles que pudieran derivarse de los hechos relacionados con la cuota de incorporación. El TDLC estimó que esa renuncia incluía la acción indemnizatoria ejercida en esta nueva causa.
“El Tribunal rechazó las excepciones opuestas por la ANFP de incompetencia y falta de legitimación activa de Barnechea, pero acogió la de cosa juzgada. En específico, la transacción entre las partes de 20 de diciembre de 2017, puso término al proceso ante este Tribunal (Rol C N° 326-17), en que Barnechea demandó a la ANFP en base a hechos que, posteriormente, fueron objeto de la Sentencia N° 173/2022. En la referida transacción Barnechea renunció a las acciones civiles que pudieran derivarse de los hechos, lo que el Tribunal estimó incluía la acción indemnizatoria de los daños ejercida en esta causa”, establece el TDLC.
El antecedente
El caso se vincula con una sentencia previa del TDLC, dictada en 2020, en la que se sancionó a la ANFP por exigir a los clubes que ascendían desde la Segunda División el pago de una cuota de incorporación como requisito para participar en la Primera B. En esa oportunidad, el tribunal acogió el requerimiento presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y concluyó que el cobro constituía una barrera de entrada que limitaba la competencia en el fútbol profesional.
Como resultado de ese fallo, la ANFP fue condenada al pago de una multa superior a US$ 2,3 millones y se ordenó el cese inmediato de la exigencia de dicha cuota.
La cuota de incorporación fue establecida en el sistema del fútbol profesional chileno como un requisito para que los clubes campeones de la Segunda División pudieran ascender a la Primera B. En el caso de Barnechea, el club obtuvo el ascenso en 2017, pero inicialmente fue impedido de participar en el torneo por no pagar el monto exigido. Posteriormente, pudo competir tras la dictación de una medida cautelar del TDLC.
El conflicto derivó en distintas acciones judiciales y administrativas, incluyendo la investigación de la FNE y la posterior sanción a la ANFP por infracción a las normas de libre competencia.
Con la resolución dictada el 25 de marzo de 2026, el TDLC cerró la vía indemnizatoria intentada por Barnechea en esta causa, al considerar que el club ya había renunciado a ejercer acciones civiles relacionadas con los hechos al suscribir la transacción de 2017.
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