Contra la “criminalización estudiantil” y “anticolonialista”: la propuesta de nuevo estatuto de 210 artículos para revivir a la Fech

El Congreso Refundacional de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Chile afina una propuesta de texto, que deberá ser plebiscitado y busca hacer resurgir a la organización luego de años en crisis y acéfala. Ya tiene 210 artículos.


Treinta y nueve páginas tiene la propuesta de nuevo estatuto para la Federación Estudiantes de la Universidad de Chile (Fech) que elaboró el Congreso Refundacional entre fines del año pasado e inicios de este y que, en búsqueda de revivir a una organización que está acéfala hace años, trae consigo una serie de novedades respecto de sus reglamentos anteriores.

La instancia de refundación, a la que se llegó luego de una crisis de representatividad del estudiantado, tiene normas y procedimientos similares a los de la pasada Convención Constitucional y, con un espacio para incorporar algunas propuestas populares, el grueso de su borrador ya está listo para ser plebiscitado por los alumnos de la Casa de Bello y que, de ser aprobado, derivará en un llamado a elecciones de nueva directiva.

El texto, que por ahora cuenta con 210 artículos, está escrito enteramente en lenguaje inclusivo. Así, por ejemplo, se lee que la Fech “está comprometida y trabaja por el bienestar de todes les estudiantes de la Universidad; por la inclusión efectiva de la rica diversidad de la comunidad universitaria; por el bienestar y dignidad de estudiantes y funcionaries académiques y no académiques”.

Desde la página 4 se detallan los seis principios de la federación: autónoma, unitaria, democrática y representativa, laica, transparente y accesible y presente.

En su Capítulo I, además, el estatuto declara que la Fech promueve y defiende, dentro de otras cosas, los derechos humanos, el feminismo y las disidencias, la interculturalidad, así como que declara el “anticolonialismo”. “La Fech reconoce el colonialismo como antecedente de los procesos extractivistas contemporáneos, así como la normalización de la violencia en los espacios públicos e institucionales hacia las culturas, comunidades, pueblos y naciones oprimidas. Ante esto, debe tener un posicionamiento de solidaridad y respeto hacia estos grupos históricamente excluidos”.

Asimismo, en el Capítulo II se establece la relación con los estudiantes. En el Artículo 17, el que se refiere a organización, dice que la federación “debe sentar las bases de la organización estudiantil y dar continuidad a las demandas del estudiantado, reivindicando la lucha por la educación gratuita, de calidad, no sexista y universal para todes les estudiantes de Chile”.

Mientras, en el Capítulo IV, donde se refiere a la mirada de la Fech con el país, el Artículo 29, señala que está comprometida “con un modelo de desarrollo para el país que supere el neoliberalismo y su lógica extractivista, para dar paso a un modelo basado en el bienestar de las personas, la igualdad, la sostenibilidad ecológica y el combate a las crisis hídrica y climática, el desarrollo de las artes, las letras, la ciencia y el conocimiento, la interculturalidad, la inclusión, la soberanía de los recursos naturales, y la utilización del conocimiento para la creación de valor agregado”.

El artículo siguiente, el 30, hace referencia a la educación pública y señala que la Fech es una organización “comprometida con el desarrollo de la educación pública y estatal en todos sus niveles, trabajando progresivamente en la elaboración de bases para una nueva educación pública en Chile (…) trabaja en favor del acceso y desarrollo de una educación pública, estatal, 100% financiada por el Estado a través de aportes basales directos, gratuita y de calidad, laica, feminista, no sexista y con perspectiva de género, respetuosa e inclusiva de las disidencias sexuales y de género, intercultural, neurodivergente, con enfoque de sostenibilidad ecológica y de derechos humanos, y comprometida con el bienestar y la salud del estudiantado”.

El Artículo 33, por su parte, asegura que la organización está “en contra de la criminalización estudiantil” y que “defiende el derecho a la autonomía territorial universitaria frente a cualquier acción represiva y lucha contra la represión y la criminalización política de estudiantes”.

La orgánica

En cuanto a su organización, el estatuto propone al pleno de la federación como la máxima instancia deliberativa de la Fech. Esa instancia estaría compuesta por la mesa directiva, el cuerpo de consejeros, el consejo de representantes de centros de estudiantes y la coordinadora de secretarías, donde cada uno tendrá votos ponderados para la toma de decisiones.

La mesa directiva, según la propuesta, debería estar conformada por una presidencia, una vicepresidencia y cinco secretarías: general, participación, bienestar, comunicaciones y finanzas. Serían ellos, de hecho, los representantes oficiales de la Fech ante toda instancia universitaria y pública y el presidente tendrá el 16% de ponderación en la toma de decisiones de la mesa. El resto de los integrantes, en tanto, tendrán un 14%.

Del mismo modo, en el Artículo 76 se detalla la potestad de la mesa para convocar movilizaciones, distinguiendo dos niveles: situación ordinaria y situación urgente. La segunda, señala el escrito, “es excepcional y representa aquellas situaciones que requieren de la movilización instantánea del estudiantado, en estas ocasiones se convocará a la movilización si es que existe ratificación del pleno, que deberá tener una sesión extraordinaria para hacer un llamado lo antes posible. Si esta ratificación no existe, no se convocará a movilizaciones a nivel universidad”.

En el capítulo V, referido a las elecciones de la mesa directiva, se establece que se considerará válida si es que alcanza un mínimo del 40% de participación del estudiantado, justamente lo que no ha ocurrido en las últimas votaciones de la Fech y que derivaron en este congreso refundacional. Así también se señala que un plebiscito, como al que se someterá esta propuesta de nuevo estatuto, debe tener el mismo mínimo de participación.

¿Qué viene ahora?

El futuro inmediato es incierto. Y es que si bien la propuesta de estatuto señala que si éste es aprobado en junio debiese haber elecciones de la mesa directiva, por estos días el propio congreso analizó que el proceso no se había vinculado lo suficiente con los estudiantes, por lo cual pidieron tiempo extra, que finalizó la semana pasada, para que los estudiantes pudieran ingresar propuestas al estatuto. Así llegaron algunas que, justamente, modificaban ciertos plazos, así como eliminar o modificar algunos artículos.

También llegó como propuesta, en la parte que refiere al colonialismo, agregar que “la federación es un espacio libre de apartheid israelí, por lo que adhiere al movimiento de Boicot Desinversión y Sanción a Israel. Por lo tanto, no mantendrá relaciones con el Estado de Israel ni con entidades que colaboren con el apartheid israelí. Esto incluye a cualquier entidad sionista y las universidades israelíes, entre otras”.

Y si bien estas nuevas propuestas serán votadas por estos días, en las disposiciones transitorias sí se establecen algunas normas, como que los estudiantes que hayan sido parte del congreso no podrán ejercer cargos con derecho a voto en el pleno durante el primer período de Fech, el que no podrá extenderse más allá del 31 de diciembre de 2023, o prorrogable por el pleno hasta abril de 2024. Esto quiere decir que quedan inhabilitados para ser parte de la mesa directiva o ser consejero los 34 congresales que fueron electos a mediados de octubre para reescribir el estatuto de la Fech.

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