Máximo tribunal de la ONU dictamina que convenio de la OIT protege implícitamente el derecho a huelga
El 2023 la OIT solicitó formalmente la intervención de los magistrados del máximo tribunal del organismo internacional para determinar si uno de los convenios de la OIT otorgaba a los trabajadores el derecho a la huelga.

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) dictaminó este jueves que el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), un tratado laboral que data de 1948, protege implícitamente la capacidad de los trabajadores para abandonar sus puestos de trabajo.
La disputa legal se arrastraba desde 2023, año en que la OIT solicitó formalmente la intervención de los magistrados del máximo tribunal de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para determinar si uno de los convenios de la OIT otorgaba a los trabajadores el derecho a la huelga.
El conflicto enfrentaba a sindicatos y agrupaciones de empleadores respecto a la interpretación de la norma. Por un lado, los trabajadores argumentaban que el derecho a organizar libremente sus actividades consagraba por extensión la acción sindical, los empleadores discrepaban formalmente de dicha postura.
A pesar de que la palabra “huelga” no se encuentra explícitamente escrita en el Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación, los 14 jueces de la CIJ determinaron que las acciones de paralización laboral están cubiertas por el resto de las garantías del tratado.
“La protección del derecho a la huelga está comprendida en la libertad de asociación”, declaró el presidente del tribunal, Yuji Iwasawa, durante la lectura del fallo en La Haya.
Con todo, los jueces precisaron que la opinión no es vinculante jurídicamente y que el derecho a huelga puede verse restringido en casos específicos, pues Iwasawa apuntó que el texto “no entraña ninguna determinación sobre el contenido preciso, el alcance o las condiciones para el ejercicio de ese derecho”.
El Convenio 87 de la OIT es una de las normas laborales más extendidas del mundo, el que ha sido ratificado por 158 países e incorporado en directrices de empleo de la propia ONU, de la OCDE y en múltiples acuerdos comerciales internacionales.
Durante las audiencias preliminares realizadas en octubre pasado, el tribunal escuchó los alegatos de 18 países y cinco organizaciones internacionales, instancia donde la mayoría de los participantes se alineó a favor de blindar la huelga, una protección que ya rige en gran parte de las naciones europeas.
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