Por Jorge ArellanoContraloría declara ilegal nombramiento de exadministrador de Ñuñoa Tomás Fuentes como Dideco y abre puerta a su destitución
El organismo fiscalizador estableció que Fuentes fue condenado en marzo de 2025 por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago a una suspensión de 41 días en el ejercicio de cargos públicos, pena que nunca cumplió ni informó durante casi un año.

La Contraloría General de la República determinó este jueves que la designación de Tomás Fuentes Barros como director de Desarrollo Comunitario (Dideco) de la Municipalidad de Ñuñoa no se ajustó a derecho, al haber asumido el cargo mientras cumplía una condena judicial vigente que lo inhabilitaba para ejercer funciones públicas, antecedente que el propio funcionario ocultó a sus superiores y negó bajo juramento al momento de su nombramiento.
El organismo fiscalizador estableció que Fuentes fue condenado en marzo de 2025 por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago a una suspensión de 41 días en el ejercicio de cargos públicos, pena que nunca cumplió ni informó durante casi un año.
Fue La Tercera la que dio a conocer que la mano derecha del alcalde fue condenado por conducir en estado de ebriedad durante marzo de 2025, con 2,16 gramos de alcohol por litro de sangre. Junto con eso, este medio adelantó que tenía inhabilidad para mantenerse en el puesto, punto que fue ratificado por el ente contralor.
Cuando un grupo de concejales intentó removerlo de su cargo de administrador municipal, el funcionario renunció, lo que fue informado por el alcalde Sebastián Sichel, pero luego fue nombrado Dideco el mismo día, declarando falsamente bajo juramento no tener inhabilidad alguna.
Así Contraloría calificó el nombramiento como nulo de pleno derecho e indicó que la conducta del funcionario podría constituir una grave infracción al principio de probidad administrativa.
El ente fiscalizador explicó en su dictamen que Fuentes sí estaba “afecto a una inhabilidad judicial vigente para el ejercicio de cargos u oficios públicos al momento de su nombramiento como director de desarrollo comunitario, no cumplía con el requisito establecido en el artículo 10, letra f), de la ley N° 18.883, razón por la cual esa designación no se ajustó a derecho".
Añadiendo que “la conducta descrita podría constituir el incumplimiento del deber de informar que emana del principio de probidad administrativa, en cuanto dicho principio exige un comportamiento leal y transparente del servidor público y la preeminencia del interés general por sobre el particular, especialmente cuando se trata de antecedentes que inciden directamente en la habilitación para el ejercicio del cargo”.
El alcalde Sebastián Sichel ya instruyó sumarios administrativos para determinar responsabilidades, tanto del propio Fuentes como de los funcionarios que certificaron el cumplimiento de los requisitos legales para su nombramiento.
Tras conocerse la determinación de la Contraloría, el concejal Andrés Argandoña (FA) sostuvo que “esto era evidente desde el principio. Un funcionario condenado no puede asumir un cargo público. La Contraloría lo confirmó hoy: el nombramiento no se ajustó a derecho y es nulo. El alcalde Sichel conocía esta realidad pero decidió avanzar igual. Es un patrón: constantemente juega al borde de la legalidad”.
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