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Corte Suprema rechaza recurso de amparo de la defensa de Ángela Vivanco y exministra se mantiene en prisión preventiva

En la resolución del Máximo Tribunal, detallan que no existió falta de fundamentación de la Corte de Apelaciones para confirmar la cautelar sobre Vivanco. Además, enfatizó que se hizo una evaluación de su situación médica y se consideró que "no existía incompatibilidad alguna" para mantener el encarcelamiento.

Corte Suprema rechaza recurso de amparo de la defensa de Ángela Vivanco y exministra se mantiene en prisión preventiva DRAGOMIR YANKOVIC/ATON CHILE

La Corte Suprema rechazó finalmente el recurso de amparo presentado por la defensa de la exministra Ángela Vivanco, con el cual buscaba revertir la prisión preventiva en que se encontraba en el contexto de la investigación de la trama bielorrusa, por la cual se encuentra formalizada por los delitos de cohecho y lavado de activos.

El pasado 30 de enero, el 7° Juzgado de Garantía de Santiago estableció la prisión preventiva de Vivanco, la que fue confirmada nuevamente el 9 de febrero por la Corte de Apelaciones de Santiago. Tras ello, restaba para la defensa buscar un recurso de amparo a través de la Suprema.

En ese contexto, el miércoles la Segunda Sala del Máximo Tribunal, integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, la ministra María Cristina Gajardo, el ministro Jorge Zepeda y la abogada (i) Pía Tavolari, revisó el recurso y terminó por rechazarlo.

En la resolución presentada por los ministros, detallan que la determinación de la Corte de Apelaciones del pasado 9 de febrero "en caso alguno adoleció de falta de fundamentación, lo que queda refrendado de una simple lectura a su contenido".

En ese sentido, detallan que el dictamen “estampó los argumentos jurídicos que condujeron a rechazar la alegación de incongruencia denunciada entre la querella de capítulos y la formalización de la investigación, descartándola en base a razonamientos estrictamente jurídicos”.

Respecto a la situación médica de Vivanco, desde la Suprema consideraron que la Corte de Apelaciones habría realizado un ejercicio de ponderación sobre esta situación.

“Al día de hoy no existía incompatibilidad alguna entre la situación de salud de la amparada con su sujeción a un régimen cautelar de prisión preventiva, sin perjuicio de dejar abierta la posibilidad de una futura revisión de la misma en caso de variar sustancialmente los antecedentes tenidos en vista al ser decretada o bien de instar por su reevaluación de conformidad con el principio básico previsto en el artículo 10 del Código Procesal Penal", detalla la resolución.

También el Máximo Tribunal rechazó el alegato de incongruencia sobre la querella de capítulos y la formalización.

“No es tal la pretendida incongruencia alegada por la recurrente entre los hechos plasmados en la primigenia querella de capítulos y el sustrato fáctico en que se afincó la formalización de investigación”, explicaron.

Además, la Suprema también señaló que la prisión preventiva había sido justificada también por el delito de lavado de activos, lo que “no levantó cuestionamiento alguno por la defensa de la amparada”.

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