Por Juan Pablo AndrewsLos duros reproches de la Corte de Valdivia al Ministerio de Seguridad por plantear que Lincolao fue secuestrada
El tribunal de alzada de Los Ríos rechazó los planteamientos del querellante y los tres imputados quedaron con prohibición de acercarse a la víctima y firma quincenal. Uno de los defensores cuestionó la legitimación activa de la cartera que lidera la ministra Steinert para invocar la Ley de Seguridad del Estado, pero la corte no profundizó en eso al no tener vinculación con la resolución del tribunal de garantía que decretó las medidas cautelares.

El ministro de la Corte de Apelaciones de Valdivia, Óscar Castro, tomó la palabra en la audiencia y preguntó: “Quiero que me conteste don Vicente Canales. Usted señala que la ministra se encontraba, entre comillas, secuestrada. ¿Era la única que estaba ahí encerrada y no podía salir?“.
Canales: “No, había distintas autoridades...”
Ministro Castro: “Ya, suficiente”.
El diálogo anterior ocurrió este lunes en la Corte de Apelaciones de Valdivia, donde se revisó la apelación de las medidas cautelares con las que quedaron los tres imputados por agredir a la ministra de Ciencias, Ximena Lincolao.
Hasta allí llegó el abogado de la Fiscalía. Daniel Soto, buscando revertir la firma quincenal y la prohibición de acercarse a la víctima con la que quedaron Pablo Vásquez, Joaquín Monje y María Jesús Madariaga, quienes el 8 de abril agredieron a Lincolao al interior de la Universidad Austral. El abogado pedía que quedaran con arresto domiciliario nocturno.
Una medida aún más dura era la que buscaba el gobierno, ya que el representante de Seguridad, en calidad de querellante, pedía la prisión preventiva. Sin embargo, el tribunal de alzada de Los Ríos dio un portazo a las pretensiones del Ejecutivo, manteniendo la cautelar actual.
En la audiencia, Canales dirigió su alegato en torno a la ampliación de la querella que hizo la cartera que dirige la ministra Trinidad Steinert invocando la Ley de Seguridad del Estado (LSE) y específicamente el tipo penal de secuestro político. Con ello, esperaba el litigante, podía conseguir que la corte diera una cautelar más dura para los estudiantes. Sin embargo, se encontró con duros reproches por parte de los ministros de la sala.
Previo a la pregunta del magistrado Castro, la ministra Marcela Araya hizo otra consulta que complicó al abogado del gobierno. “¿Por qué la querella se dirige solo contra estos tres estudiantes? Me imagino que ellos físicamente no pudieron impedir la salida por sí solos". El abogado respondió que las diligencias posicionaban a los imputados tanto en la salida como en la retención. Agregó que quedaban diligencias pendientes que pudieran apuntar contra otros eventuales responsables.
Para el final de su exposición, el abogado debió atender otra consulta. “¿Algún antecedente que ellos tengan, policial, penal, causa vigente?“. El profesional respondió seco: ”No".
La resolución
Por su lado, el abogado de la Fiscalía planteó que la medida cautelar no ayudaba a cumplir con los fines del procedimiento ni garantizaba la seguridad de la víctima. En ese sentido, dijo que los imputados cambiaron su “fisonomía”, lo cual fue detectado por los policías. Los defensores rechazaron esta idea.
Por ejemplo, el abogado de Madariaga, quien lanzó agua sobre la ministra, dijo que la estudiante no cambió su aspecto físico, solo se realizó “visos en su pelo” y además prestó declaración en la investigación sumaria de la universidad. “Reconoció su participación en los hechos y mostró arrepentimiento por lo acaecido. Incluso ofreció la posibilidad de reunirse con la ministra para ofrecer disculpas por esta situación”, comentó el defensor.
La corte no consideró la alegación por el supuesto cambio de look y una eventual fuga: “No hay antecedentes suficientes y necesarios para entender que el cambio de fisonomía sea un objeto de ocultamiento (...). La necesidad de cautela se entiende suficientemente garantizada con las medidas cautelares (actuales) y no con arresto domiciliario total o prisión preventiva”.
Para la parte final, el ministro Castro se refirió al supuesto secuestro: “Es una imputación un tanto genérica, ya se deberá determinar si estaban ellos efectivamente impidiendo que saliera la ministra, pero conforme a todos los antecedentes que ha dado uno de los defensores obtenida de la información de la investigación, la ministra no quiso salir. Es una situación que es entendible porque si ella había sido el objeto de esta protesta, es indudable que la persona no quiera salir para no arriesgar su integridad física. Pero de ahí a llevarla a una retención y llegar incluso a un secuestro sería exacerbar la norma”.
La ministra Araya dijo que había “problemas de imputación respecto a aquellos hechos en que el Ministerio de Seguridad pretende sustentar la prisión preventiva”. En esa línea, la magistrada dijo que la causa no está formalizada por el mencionado secuestro contemplado en la Ley de Seguridad del Estado.
Con el delito actual, comentó la magistrada, de ser condenados, los imputados arriesgan una pena de multa o una que sea sustituida por la remisión condicional. La decisión de la Corte de Valdivia fue unánime.
La facultad para invocar la LSE
Consultado el gobierno por lo ocurrido en la audiencia, desde Seguridad comentaron que “la querella fue ampliada por secuestro invocando la Ley de Seguridad del Estado”.
De esa manera recordaron que el Juzgado de Garantía de Valdivia “admitió a tramitación esa ampliación, es decir, que Seguridad tiene facultades para interponer querella por ese delito, que ese delito es uno de los que podría considerarse dentro de los hechos de esta causa. Si el tribunal considerase que no procedía ampliar por ese delito habría declarado inadmisible la ampliación cosa que no ocurrió. Ninguna de las defensas recurrió de la resolución que declaró admisible la ampliación de querella”.
En el audio de la audiencia quedó constancia que el defensor de Vásquez cuestionó la legitimación activa del Ministerio de Seguridad para invocar la LSE en la ampliación de la querella, en línea con la hipótesis planteada por el senador Iván Flores (DC,) quien sostiene que solo Interior y los delegados presidenciales pueden activar dicha normativa.
El defensor dijo que aún no ha sido notificado de dicha ampliación por lo que no ha activado algún tipo de impugnación. Sin embargo, la corte señaló que ese elemento no fue considerado por el Juzgado de Garantía de Valdivia a la hora de decretar las medidas cautelares, por lo que pidió al abogado continuar con su alegato sin referirse a este debate.
El Ministerio de Seguridad hizo presente además “que existen declaraciones de testigos que confirman lo dicho por la ministra de Ciencias, es decir, que existen diligencias de la PDI que identifican que los tres formalizados se encontraban dentro del grupo de manifestantes que encerró a la ministra y luego la atacan al salir”.
*Esta nota fue actualizada a las 17.00.
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