Los hechos que dejó la absolución en el caso SQM
Si bien el largo juicio terminó con los acusados absueltos, tanto la empresa como el propio exgerente general asumieron en 2018 su responsabilidad en el financiamiento de la política chilena. El desenlace penal del caso significó un fuerte golpe a la Fiscalía.

Poco más de una semana ha pasado desde que, tras casi tres años de juicio, el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago absolviera a los ocho acusados del caso SQM, entre los que se encontraban el exsenador Pablo Longueira, el candidato presidencial Marco Enríquez-Ominami (ME-O) y el exgerente general de SQM, Patricio Contesse, entre otros.
Tras ser absueltos, Longueira ha acusado de “mediocridad” al Ministerio Público por haber sido acusado de financiamiento ilegal de la política, mientras que ME-O ha aludido a una “conspiración” en su contra. En ese contexto, el candidato presidencial incluso se enfrentó al periodista Iván Valenzuela durante el debate del domingo 26 de octubre, luego de que fuera consultado sobre el caso.
El veredicto demostró que, por ahora, la Fiscalía fracasó rotundamente en probar, durante un juicio oral, la existencia de delitos tributarios en una de sus causas emblemáticas de financiamiento irregular de la política.
Sin embargo al revisar la huella que dejó este caso durante casi una década hay hechos que, si bien no fueron delitos, demuestran la relación que durante muchos años hubo entre empresas como SQM y la política.
El reconocimiento de Contesse
La prueba de que sí existió una vinculación entre los políticos indagados y SQM la dio el propio exgerente general de SQM Patricio Contesse cuando declaró ante los fiscales en 2018.
Fue en ese momento en que con su testimonio reconoció que era él quien decidía cómo se administraba el presupuesto de la minera no metálica y que lo hizo con el propósito de “hacer ayudas políticas”.
“Estimé que era necesario apoyar la actividad política bajo cierto marco que iba más allá del Servel“, afirmó. En su defensa, agregó que ”no solo SQM efectuó aportes a la política de esta forma, sino que muchas otras empresas de nuestro país también lo hicieron".
Fue en la tercera jornada de declaración donde se refirió a ME-O: “Durante 2009, don Marco Enríquez-Ominami solicitó reunirse conmigo en la empresa. Lo recibí y él me solicitó apoyo financiero para su candidatura presidencial del año 2009. Yo accedí a lo solicitado. Marco me solicitó una cantidad determinada y negociamos el monto”. Pese a haber declarado ante la Fiscalía, su testimonio no fue parte de las pruebas del juicio.
Cuando se dio a conocer esa declaración ME-O aseguró que los dichos de Contesse eran falsos. “Contesse miente. Exijo un juicio para probar mi inocencia”, dijo en 2018 en su cuenta de X. El actual candidato presidencial nunca declaró en el caso.
Pagos de SQM en EE.UU.
También está claro que por los vínculos de SQM con la política chilena desembolsó millones de dólares. Ese mismo año 2018 SQM aceptó pagar $2.550 millones tras negociar con la Fiscalía para suspender el procedimiento contra la persona jurídica.
Un año antes, la compañía que encabezó Contesse reconoció ante el Departamento de Justicia de Estados Unidos que realizó “pagos indebidos” a candidatos políticos y personas políticamente expuestas por casi US$ 15 millones. Un año después, la Comisión de Bolsa y Valores impuso una multa de US$125.000 por violación de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA) de Estados Unidos.
Los correos
La Fiscalía acusó a Longueira -quien nunca declaró en el caso- de cohecho. Para eso presentó en el juicio los correos que muestran que el exsenador envió un borrador del proyecto de Ley de Royalty a Contesse, quien le respondió con una propuesta de norma transitoria.
Para configurar el delito de cohecho, el acusado debe haber actuado en su rol de parlamentario. El problema, para las juezas del voto de mayoría, es que los correos de Longueira fueron eviados desde su mail Hotmail y no desde su correo institucional. Eso fue clave para las dos magistradas que absolvieron: “No se efectuó en el ejercicio de sus funciones propias del cargo de senador, sino que, como líder político (...) sin emplear correos institucionales ni identificarse como senador durante la realización de tales gestiones”.
El abogado del exsenador, Alejandro Espinosa, afirma que se deben separar las imputaciones que se hicieron a Longueira respecto del resto de los acusados: “Él tenía una imputación específica sobre cohecho y eso estaba sustentado en boletas específicas. En el juicio, tal y como nosotros lo sostuvimos desde el inicio, no se pudo acreditar porque eso no ocurrió, no era efectivo”.
Servicios no prestados
En el juicio fueron decenas de testigos los que declararon que hicieron boletas de honorarios por servicios que nunca existieron. Ese hecho lo recogió la jueza Carolina Paredes en su voto dirimente. La magistrada planteó que de acuerdo a testigos y la prueba documental, la minera no metálica emitió facturas por servicios que no se llevaron a cabo.
“El tribunal escuchó el testimonio de varios de los emisores admitir no haber prestado los servicios (...) lo que permite inferir que estos documentos eran ideológicamente falsos”, se lee en su voto de minoría.
De hecho, según la Fiscalía, entre 2009 y 2015 SQM emitió 898 boletas de honorarios y 182 facturas por un total de $5.876.517.617 con estos fines.
En el veredicto también se puntualiza que en fallos anteriores de casos similares, como fue en Corpesca y OAS, los tribunales resolvieron de manera distinta al interpretar disimilmente el dolo como elemento configurador del delito.
10 condenas
Si bien fueron ocho los acusados del caso SQM que llegaron a juicio, de los más de 200 que tuvo en total la causa, la gran mayoría tuvo otras salidas del caso durante estos 11 años.
Hubo 65 imputados a los que se dictó sobreseimiento definitivo, 128 con suspensión condicional del procedimiento y 18 en los que se decidió no perseverar.
Pese a eso, en la misma causa hubo 10 personas que se acogieron a procedimientos abreviados y que fueron condenados por delitos tributarios tras reconocer que no realizaron las labores por las que emitieron documentos tributarios.
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