Patrocinios validados por notario fallecido: las razones del Servel para denunciar ante Fiscalía presuntos delitos en inscripción de fallida candidatura presidencial de Diego Ancalao

Foto: Agenciauno

Organismo rechazó de forma unánime la postulación del abanderado de la Lista del Pueblo. El aspirante independiente a La Moneda presentó más de 23 mil patrocinios suscritos físicamente, con firma y timbre del notario Patricio Zaldívar Mackenna: su notaría dejó de funcionar en 2018 y murió en febrero de este año.


El Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel) rechazó por unanimidad la candidatura presidencial de Diego Ancalao, por incumplir el requisito de patrocinios establecidos en la legislación e instruyó a su director nacional, Raúl García Aspillaga, enviar antecedentes al Ministerio Público por eventuales delitos en la inscripción del abanderado de la Lista del Pueblo.

Según detalló el organismo en un comunicado dado a conocer la tarde de este jueves, el abanderado de la Lista del Pueblo “presentó 12.316 patrocinios válidos efectuados por clave única o firma electrónica simple en la página web del Servicio. Y 23.161 suscritos físicamente ante notario”.

La entidad señaló que al analizar los patrocinios que no se hicieron por el sitio del Servel se constató que 23.135 aparecen suscritos bajo la condición “ante mí”, en diferentes fechas de los últimos meses, con firma y timbre del notario Patricio Zaldívar Mackenna.

“El Servicio Electoral ha rechazado estos patrocinios, toda vez que la notaria del Sr. Zaldívar dejó de funcionar en el año 2018 y dicho notario falleció en febrero de este año”, explicaron.

Del total de patrocinios físicos, solo 26 corresponderían a otras notarías.

Asimismo, indicaron que “el Consejo Directivo del Servicio Electoral ha instruido al Director Nacional, en orden a denunciar ante el Ministerio Público estos hechos que pueden revestir delitos contenidos en la ley electoral y el Código Penal”.

De acuerdo al certificado de defunción de Zaldívar Mackenna, al cual accedió La Tercera, su deceso ocurrió el 21 de febrero de este año.

La Ley Orgánica Constitucional 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios, dispone que el patrocinio de las candidaturas independientes a Presidente de la República deberá suscribirse ante cualquier notario por un número de ciudadanos, habilitados para ejercer el derecho a sufragio, no inferior al 0,5 por ciento de los que hubieren sufragado en la anterior elección periódica de Diputados, de acuerdo con el escrutinio general practicado por el Tribunal Calificador de Elecciones. Ancalao debía por tanto presentar 33.369 patrocinios válidos. La tarde del lunes, a pocas horas de que finalizara el plazo legal, el abogado de origen mapuche inscribió su postulación.

El pasado 20 de agosto la Lista del Pueblo lo proclamó como el candidato presidencial del colectivo, tras una consulta que contó con la participación de 3.572 personas.

Corresponderá al Ministerio Público evaluar los eventuales delitos asociados a los patrocinios de Ancalao.

El Servel también rechazó la candidatura presidencial independiente de Gino Lorenzini, por haber estado afiliado a un partido político dentro de los nueve meses anteriores al vencimiento del plazo para presentar declaraciones de candidaturas.

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