Portazo de la Suprema a Sabaj: exministra fracasa en su intento por revertir su remoción del Poder Judicial
La defensa de la exjueza jugó su última carta para revertir la sanción del máximo tribunal, sin embargo los supremos no dieron su brazo a torcer. "La Corte Suprema decidió mantener su criterio y a partir de eso lo único que corresponde es que uno simplemente acate el fallo”, aseguró su abogado, Isidro Solís.

La Corte Suprema rechazó el recurso de reposición interpuesto por la defensa de la exministra de la Corte de Santiago Verónica Sabaj y confirmó su remoción del Poder Judicial. La exmagistrada, previamente, había sido sancionada el pasado 10 de septiembre por los chats que tuvo con el abogado Luis Hermosilla.
El recurso de reposición fue la última carta que jugó la exjueza -representada por los abogados Isidro Solís y Alejandro Usen- y en él se alegaba que el máximo tribunal “no respetó el principio de proporcionalidad y de no discriminación” respecto a Sabaj, quien fue removida de su cargo hace casi dos meses.
Lo anterior, luego de que el máximo tribunal decidiera remover a la exministra por transgredir el deber de probidad que rige a todo integrante del Poder Judicial al haber vulnerado la privacidad de los acuerdos de la Suprema y que comunicaba al penalista Luis Hermosilla.
Además, a la removida magistrada se le reprochó haber “traspasado información referida a la supuesta tendencia política de ministros y abogados integrantes previo a la resolución de un asunto”, así como también haber “sugerido a un abogado de la plaza (Hermosilla) la estrategia procesal a emplear”.

El portazo de la Suprema
A raíz de su remoción y posterior reposición de parte de su defensa, el pleno del máximo tribunal se reunió este lunes para analizar el recurso presentado por Solís y Usen. En esa última arremetida, la defensa de Sabaj planteaba que la removida ministra fue tratada de “forma desigual”, toda vez que en paralelo a su proceso, su colega de la Corte de Santiago, el ministro Antonio Ulloa, enfrentó un proceso de remoción en el que, por empate, no fue expulsado de la judicatura.
Según la resolución, “atendido que los argumentos esgrimidos no logran desvirtuar lo resuelto con fecha treinta de septiembre del año en curso, y que los nuevos antecedentes fundantes se refieren a un cuaderno de remoción incoado en contra de otro miembro del Poder Judicial, el que fue ponderado en su mérito, se desestima el recurso de reposición deducido por la defensa de doña Verónica Cecilia Sabaj Escudero”.
Tras la resolución del máximo tribunal, el abogado Isidro Solís afirmó que “nosotros estábamos convencidos de que teníamos antecedentes suficientes para que eso efectivamente se hiciera, pero la Corte Suprema decidió mantener su criterio y a partir de eso la verdad es que lo único que corresponde es que uno simplemente acate el fallo”.
En esa línea, agregó que “nos parecía que lo que correspondía en este caso era que la ministra Sabaj recibiera el mismo trato y las mismas condiciones que se habían dado en otros casos muy similares, que se habían fallado hace muy poco tiempo. Esa era, básicamente, una de nuestras aspiraciones y de nuestras solicitudes. Desgraciadamente, la corte no ha compartido nuestro criterio y ha mantenido su resolución”.

Consultado sobre si considera que existió un trato desigual, Solís se limitó a tomar distancia de lo decidido por los supremos: “Represento una parte, tengo las aspiraciones y la interpretación que tiene esa parte, que no necesariamente coincide con los criterios de la excelentísima Corte Suprema”.
La resolución del pleno fue comunicada por la ministra vocera de la Corte Suprema, María Soledad Melo, quien precisó que esta decisión fue adoptada con el voto en contra del ministro Mauricio Silva, quien estuvo por acoger la reposición.
La decisión de mayoría además fue adoptada con una prevención hecha por el ministro Leopoldo Llanos y la ministra Mireya López, quienes estuvieron por declarar inadmisible la reposición.
Sobre la posibilidad de que la exministra Sabaj recurra a instancias internacionales, dado que no existen nuevas acciones que pueda ejercer para revertir su remoción, Solís afirmó que “es un arbitrio que eventualmente solamente puede estudiar la clienta, pero nosotros no tenemos ningún encargo de esa naturaleza”.
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