Reapertura de investigación contra Jadue abre inédito escenario ante la justicia electoral: podría volver a la papeleta
La fiscal Giovanna Herrera aseguró que la acusación contra el exalcalde quedó sin efecto. De esta manera el equipo de abogados del exjefe comunal está analizando el escenario. Fuentes del caso comentan que podrían presentar un recurso de reposición ante el Tricel para rehabilitar los derechos políticos.

“Lo que pasará de ahora en adelante no tiene precedentes, nunca ha ocurrido en Chile y todos los escenarios están abiertos”. Esa frase, dicha en privado por un abogado especialista en derecho electoral, resume lo que ocurrirá en las próximas semanas respecto del futuro político del exalcalde Daniel Jadue (PC).
Hasta hoy, el camino de Jadue estaba claro: por decisión del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) sus derechos políticos están suspendidos luego de estar acusado por delito de pena aflictiva y por lo tanto no puede ser candidato a diputado por el distrito 9.
Sin embargo este miércoles el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago accedió a la solicitud de la defensa de Jadue y ordenó la reapertura de la investigación por 60 días más.
Esto en el marco del caso Farmacias Populares que lleva la Fiscalía Centro Norte y en la que había solicitado más de 18 años de cárcel en contra del exjefe comunal por los delitos de fraude al Fisco, cohecho, estafa y delito concursal.

El problema radica en que el Tricel acogió las reclamaciones de RN y la UDI contra la candidatura de Jadue amparados justamente en su calidad de acusado. Esa es la situación procesal en la que quedó el exalcalde luego de que el Ministerio Público cerrara la investigación y presentara la acusación en su contra, el paso previo a dar inicio al juicio oral.
“Atendido lo informado por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, en orden a que el señor Óscar Daniel Jadue Jadue tiene la calidad de acusado desde el 7 de agosto de 2025, presentación sobre la cual recayó la resolución judicial de 11 del mismo mes y año, se dan a su respecto los presupuestos regulados en el artículo 16 N°2 de la Constitución Política de la República para la suspensión del derecho a sufragio", se lee en la sentencia del Tricel.
Ahora que el tribunal ordenó volver a abrir la investigación a juicio del Ministerio Público la acusación quedó sin efecto. Siguiendo esa lógica, Jadue pierde su calidad de acusado y por lo tanto sus derechos políticos no quedan suspendidos según lo establecido por la Constitución.
“La jueza determinó que había una diligencia pedida por la defensa que previamente se había rechazado, que era necesario realizar, y ordenó la reapertura de la causa, quedando sin efecto la acusación”, explicó la fiscal Giovanna Herrera.
La persecutora luego fue enfática en confirmar que “la acusación quedó sin efecto para todos los acusados de la causa: señor Jadue, señor José Matías Muñoz y el resto de los acusados”.
Acusación sin efecto
El equipo de abogados de Jadue -que lidera Ciro Colombara- está analizando los efectos de la resolución de la jueza Paula Brito. Fuentes que saben del caso comentan que el equipo del exalcalde tenía dentro de los escenarios posibles el hecho de que la acusación de la Fiscalía quedara sin efectos.
Por eso durante la tarde de hoy convocarán a una reunión para analizar los caminos a seguir. Las mismas fuentes comentan que todas las opciones están abiertas. Una de ellas es, sabiendo que la sentencia del Tricel está firme y que no caben recursos contra el fallo, podrían acudir al mismo tribunal con un escrito de reposición con nuevos antecedentes.

Ahí se expondría la resolución de la jueza Brito de esta jornada y se argumentaría que Jadue ya no tiene la calidad de acusado y por lo tanto, a la luz de la Constitución, sus derechos políticos no están suspendidos.
Otra opción es presentar un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, lo que podría derivar en alegar la vulneración de sus derechos políticos en sede judicial ordinaria o eventualmente dar paso a la presentación de un recurso de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitución (TC).
Más aún considerando que el voto de minoría -de los ministros Mauricio Silva y Gabriel Ascencio- usó como fundamento la jurisprudencia del TC en el caso de Marco Enríquez-Ominami.
Opiniones en contra
Sin embargo, hay voces que piensan que todos estos esfuerzos serán estériles. “La situación del señor Jadue no varía mayormente por dos razones. Primero, porque no solamente hay una sentencia en el Tricel sino que hay dos, que en forma distinta afectan su condición de ciudadano. La primera, respecto de su derecho a sufragio. Él está eliminado del padrón electoral y es complejísimo, por no decir imposible, que se reabra el padrón electoral solamente por este caso. Más aún, dado que ya se dictó una sentencia definitiva por parte del Tricel en ese sentido”, afirma el abogado de RN Marcelo Brunet.
“En segundo lugar, porque su calidad de candidato también fue objeto de recursos y esa calidad de candidato también fue rechazada por parte del Tricel. Por lo tanto, no hay un plazo especial para poder reabrir candidaturas. Si así fuese, cualquier persona hoy día podría tratar de inscribir una candidatura y el Tricel debería pronunciarse respecto de ella. Y eso, la verdad de las cosas, no resulta posible”, agrega Brunet.
El académico de la Universidad de Yale y especialista en derecho electoral Jorge Barrera también cree que las opciones de Jadue son muy reducidas. “Veo altamente improbable que Daniel Jadue pueda ser rehabilitado como candidato y que esté en la papeleta en la próxima elección parlamentaria”, dice Barrera.
A su juicio “la única vía para que el Tricel rectifique una sentencia es por errores de hecho y dentro de un plazo de cinco días, el cual está absolutamente vencido”.
El académico plantea que “la evaluación de los requisitos, inhabilidades e incompatibilidades se realiza en una ventana de tiempo determinada: o la persona cumple o no cumple al momento de la inscripción. Que con posterioridad se haya modificado su situación —por ejemplo, si es dejado en libertad o se declara su inocencia— no altera la decisión adoptada ni por el Servel ni por la justicia electoral, que se pronuncian con base en los antecedentes vigentes dentro de esa ventana temporal, la misma que se tuvo a la vista en el caso de Daniel Jadue".
Por su parte, el abogado de la UDI Pablo Toloza considera que las opciones son casi nulas: “Cuando se realizó el proceso de inscripción de candidatura, Daniel Jadue tenía sus derechos ciudadanos suspendidos”.
Según Toloza “el proceso electoral de inscripción de candidaturas ya concluyó” por lo tanto “independiente que la persona recupere sus derechos como ciudadano, es decir, su derecho a votar, el padrón electoral ya está cerrado, por tanto, no se puede modificar ese padrón”.
Todo este debate se hará en paralelo al recurso de amparo que presentó su defensa penal ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
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