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Super de Medio Ambiente formula cargos a Hipódromo Chile por ruidos molestos en eventos musicales

Desde la SMA señalaron que recibiweron 26 denuncias y que se constataron excedencias de hasta 36 decibeles por sobre lo permitido.

Hipódromo Chile

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio en contra de la Sociedad Hipódromo Chile por incumplimientos a la norma de emisión de ruidos. Esto, en el marco de eventos musicales masivos desarrollados en el recinto ubicado en la comuna de Independencia, Región Metropolitana.

Según indican desde la SMA, recibieron un total de 26 denuncias -algunas ingresadas por la Municipalidad de Independencia- por ruidos que corresponderían a las actividades masivas realizadas y también a las labores de montaje, desarme, limpieza y mantención posteriores.

Debido a esto, la superintendencia llevó a cabo una fiscalización donde se constataron superaciones a la norma de emisión de ruidos en cinco mediciones efectuadas tanto en horario diurno como nocturno, constatándose excedencias de hasta 36 decibeles por sobre lo permitido.

El hecho, detallan desde el ente fiscalizador, fue clasificado como grave debido a que el análisis de la SMA generó un riesgo significativo para la salud de la población, considerando la magnitud de la excedencia detectada y la frecuencia estimada de funcionamiento.

Al respecto, la superintendenta Marie Claude Plumer sostuvo que el ruido, sobre todo cuando es permanente, “tiene un impacto muy significativo en la calidad de vida de las personas”.

“Se trata de un contaminante invisible que impacta de gran manera, por lo que es importante que los titulares de proyectos cumplan con los límites que están establecidos en la normativa y que las actividades que desarrollen se hagan respetando las reglas mínimas fijadas para la convivencia armoniosa en un estado de derecho”, afirmó.

El Hipódromo Chile cuenta con un plazo ampliado de 15 días hábiles para la presentación de un programa de cumplimiento y 22 días hábiles para formular sus descargos.

El Decreto 38 del Ministerio del Medio Ambiente de 2011 (norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas) entrega los niveles máximos permitidos de emisión sonora generados por fuentes fijas para la comunidad.

El mismo dispone que el ruido máximo para las zonas residenciales es de 55 decibeles en horario de 7 a 21 horas -que equivale al ruido que produce el aire acondicionado de ventana, por ejemplo-, y de 45 de 21 a 7 horas, que equivale el ruido de una calle con poco tránsito.

Para hacerse una idea, una conversación normal tiene en promedio 60 decibeles, una aspiradora produce 70 decibeles, una motocicleta entre 100 y 110 y una discoteca 120 decibeles.

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