Suprema despeja camino para detención de Vivanco y voto de minoría pone en duda imputación por lavado de activos
La Segunda Sala dio luz verde a la querella de la Fiscalía. El ministro Llanos y la magistrada Gajardo estuvieron por no acoger el tercer capítulo y estimar plausible la defensa de la exsuprema respecto de que los pagos imputados los pudo haber hecho lícitamente con su remuneración.

Las horas de libertad para la exministra Ángela Vivanco cada vez se hacen más escasas. Este viernes la Segunda Sala de la Corte Suprema -integrada por los ministros Manuel Valderrama, Leopoldo Llanos, María Cristina Gajardo y los abogados integrantes Juan Carlos Ferrada y Eduardo Gandulfo- resolvió la admisibilidad de la querella de capítulos en contra de la exmagistrada del máximo tribunal.
La sentencia, que confirma el fallo de primera instancia, visó los cuatro capítulos de la querella que presentó la fiscal regional de Los Lagos Carmen Gloria Wittwer. En la acción penal del Ministerio Público se abordan hechos que a juicio de los investigadores son constitutivos de los eventuales delitos de cohecho y lavado de activos en la trama bielorrusa.
Todo tiene como episodio principal el millonario litigio que enfrentó al consorcio chileno-bielorruso Belaz Movitec contra Codelco. La Fiscalía imputa a Vivanco no haberse inhabilitado -por su vínculo con Eduardo Lagos y Mario Vargas- de los recursos que llegaron a su sala en el marco de esa contienda, supuestamente haber apurado su tramitación a favor de Belaz Movitec, obtener un presunto supuesto beneficio económico por las resoluciones contra Codelco y luego haber lavado el dinero obtenido por esa operación.
“En este estado de la investigación, los elementos expresados, tanto en la querella de capítulos —y su ampliación—, como en sus adhesiones, resultan ser del todo plausibles para revestir de seriedad y verosimilitud a las imputaciones efectuadas en contra de la capitulada, lo que permite hallarle mérito", se lee en la sentencia.

A juicio de la Suprema, la imputación de la Fiscalía en este antejuicio tiene mérito suficiente para que los persecutores continúen con la investigación y de esta forma soliciten al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago una orden de detención, procedan a formalizarla y pedir la medida cautelar de prisión preventiva en su contra.
En una indicación previa promovida por Llanos y Ferrada que no prosperó, ambos argumentaron que Vivanco, al ser removida del Poder Judicial, queda fuera de esta protección especial, ya que el bien jurídico que se quiere proteger -la independencia judicial contra “acusaciones temerarias que solo tendrían como objeto alterar la actividad jurisdiccional”- pierde sentido.
La defensa de Vivanco -que encabeza el exdefensor nacional Carlos Mora Jano- logró abrir una duda en el tercer capítulo de la querella que se vincula con la imputación de lavado de activos. Ese acápite aborda el mecanismo “a través del cual se le imputa el delito de lavado de activos, por haber reintroducido al mercado formal dineros obtenidos de las operaciones, presuntamente ilícitas, que se le atribuyen”.
Respecto de esa parte, el ministro Llanos y la ministra Gajardo estuvieron por no acoger el capítulo. “De los antecedentes invocados por el ente persecutor, no logran apreciarse, por ahora, elementos objetivos que permitan inferir que los desembolsos señalados en el libelo provengan, necesariamente, de los dineros que la querellada hubiere percibido por concepto del delito de cohecho que se le atribuye”, se lee en la disidencia.
Ambos magistrados consideran que la alegación de la defensa es plausible en cuanto a que “los gastos y compras realizados con ocasión de dos viajes recreativos realizados por aquella con su pareja —cuyo monto no se especifica en la querella—, así como el pago de su tarjeta de crédito, los pudiera cubrir con sus ingresos regulares —provenientes tanto de la Corporación Administrativa del Poder Judicial como de su actividad docente—, de tal modo que no aparece, a su respecto, su vinculación o trazabilidad con el dinero procedente de las imputaciones por concepto de cohecho".

Inminente detención
Tras la notificación del fallo, Vivanco acudió hasta la oficina de sus abogados durante la tarde para coordinar su estrategia judicial a futuro. Además, fuentes del caso comentan que tras la sentencia del máximo tribunal su detención será inminente.
En los próximos días la Fiscalía solicitaría su detención -dependiendo del análisis que realicen del fallo- para así llevarla al tribunal para enfrentar la formalización.
Desde el entorno de Vivanco señalan que, de dictarse su aprehensión, podría hacer lo mismo que hicieron Lagos, Vargas y su pareja, Gonzalo Migueles, quienes cuando se pidió su detención finalmente fueron a entregarse hasta las dependencias del OS7 de Carabineros.
La Fiscalía tramitó la querella de capítulos en esta etapa procesal porque lo que quiere es pedir la prisión preventiva de Vivanco. En caso de que el tribunal acceda a esa solicitud, la exmagistrada, por ser mujer, no tendrá un centro de reclusión VIP como sí lo tienen los hombres en el Anexo Capitán Yáber. Para casos femeninos de alta connotación, Gendarmería dispone de un módulo en la cárcel de San Miguel, donde han estado recluidas, por ejemplo, Leonarda Villalobos y Cathy Barriga.
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