Opinión

Aborto y dignidad humana

El gobierno ha anunciado el ingreso al Congreso de un proyecto de ley que permitiría el aborto libre hasta las 14 semanas de gestación. Esta iniciativa se presenta en un contexto de baja natalidad inédita en Chile y pese a una crítica transversal desde diversos sectores de la sociedad. La propuesta plantea contradicciones profundas con el valor que nuestro ordenamiento jurídico otorga a la vida humana y a la dignidad como principio rector del derecho.

Desde una perspectiva jurídica, este proyecto debilita el compromiso del Estado con la protección de la vida humana. Al establecer una distinción basada en la etapa de desarrollo, se introduce una jerarquía que permite que algunos seres humanos puedan ser privados del derecho más fundamental —el derecho a la vida— por decisión de otro. Esta lógica erosiona la universalidad del sistema de derechos humanos, que debe proteger a todos, especialmente a los más indefensos.

La dignidad humana, reconocida como un valor inherente a toda persona sin distinción, constituye uno de los pilares fundamentales del derecho moderno y de los sistemas democráticos. Este principio no solo tiene un fundamento filosófico y antropológico, sino también jurídico, consagrado en tratados internacionales ratificados por Chile y en la Constitución vigente. Sugerir que la dignidad puede depender de un plazo gestacional es relativizar su valor y condicionar el reconocimiento de derechos fundamentales.

Legalizar el aborto sin causales hasta una determinada semana de embarazo implica aceptar como legítima la eliminación de una vida humana en desarrollo sin necesidad de justificación médica, ética o social. Esto representa un cambio profundo en la forma en que nuestro ordenamiento ha concebido la protección de la persona como centro y razón de ser del derecho.

Desde el punto de vista científico, existe consenso en que el ser humano en gestación posee una individualidad biológica propia. No es una extensión del cuerpo de la madre, sino una vida distinta, con su propio código genético y desarrollo autónomo. Por ello, sostener que su existencia puede depender exclusivamente de la voluntad de quien lo gestó, es desconocer esta realidad biológica y ética.

El proyecto no responde a una demanda ciudadana ampliamente expresada, y va en dirección contraria al mandato constitucional de proteger la vida del que está por nacer. En lugar de avanzar hacia la legalización del aborto sin causales, el Estado debiera fortalecer políticas públicas orientadas a prevenir el aborto mediante educación, apoyo psicológico, acompañamiento social y alternativas reales para las mujeres que enfrentan embarazos en contextos de vulnerabilidad.

Legalizar el aborto libre no es un acto de justicia, sino una renuncia a buscar soluciones más humanas y solidarias. El verdadero progreso consiste en proteger tanto a la madre como al hijo, especialmente cuando ambos se encuentran en situaciones de desamparo. Esa es la tarea ética y jurídica que el Estado debe asumir con responsabilidad.

Por Carolina Salinas, profesora Derecho UC y directora Centro UC de la Familia.

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