Columna de Francisca Jünemann: Acoso laboral y sexual: eliminar la violencia en los lugares de trabajo
/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/copesa/ING7T2TBTRH3BM2WAYZWZLN5EM.jpg)
"El respeto pleno a la dignidad y el rechazo a cualquier acción que denote acoso, deben ser parte de la estrategia de la organización, parte de su visión, misión y valores. Debe comenzar en el directorio y terminar en él. Esta es la única forma para que, una vez conocido el marco legal y asumidos los desafíos en este ámbito, la organización pueda transitar desde la cultura del cumplimiento a la cultura de la ética."
El 25 de Noviembre (#25N) es el “Día internacional de la eliminación de la violencia contra las mujeres” y como fundación la violencia la trabajamos previniendo el acoso laboral y sexual en los lugares de trabajo.
Un paso necesario en el camino de construcción de organizaciones donde la dignidad y respeto sean principios intransables, es conocer e implementar nuestro marco legal, el cual precisa que “las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un marco compatible con la dignidad de las personas. Es contrario a ella, entre otras conductas, el acoso sexual y laboral”.
El acoso sexual consiste en requerimientos de carácter sexual o cualquier acto que vulnere la intimidad sexual de las personas que amenacen o perjudiquen la relación laboral o las oportunidades de empleo, no consentidos por quien los recibe. La pregunta es cuán libre puede ser el consentimiento cuando existen relaciones de poder y necesidades económicas.
El acoso laboral, por su parte, es toda agresión u hostigamiento reiterado ejercidos por la persona empleadora o trabajadora, por cualquier medio, que provoque menoscabo, maltrato o humillación, que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
En ambos acosos la víctima y el agresor puede ser hombre o mujer y ser ejercida de forma descendente (por superior en jerarquía), ascendente (persona trabajadora a superior en jerarquía) u horizontal (entre personas del mismo “nivel”).
Ante el riesgo de un acoso laboral o sexual lo primero que debe hacer una empresa es contar con un reglamento interno, el cual deberá estipular las normas que se deben observar para garantizar un ambiente laboral digno y de mutuo respeto entre los trabajadores, con precisión explícita de los acosos. Segundo, tener canales de denuncia establecidos y formales, conocidos por todos y confiables. Tercero, prevenir capacitando con talleres y charlas continuas.
Cuando se recibe una denuncia, la organización debe tomar medidas inmediatas, como evitar contacto separando a los involucrados del espacio físico, alternando turnos o jornadas entre ellos, estableciendo la modalidad de teletrabajo o bien, cambiando la jefatura mientras se desarrolla la investigación.
Más sobre Pulso PM
Justicia desestima querella del presidente de Clínica Las Condes, Alejandro Gil, por injurias en contra de exmédicos
Mercado laboral estancado: empleo asalariado privado anota en abril su menor alza en 2 años y mayoría es informal
Cochilco prevé que Argentina superará a Chile en la producción global de litio hacia 2035
Tomadas las medidas inmediatas, se debe iniciar una investigación interna confidencial, cuidando la privacidad y la honra del o la denunciante y del denunciado o denunciada.
Comprobado el acoso se debe sancionar y también aplicar medidas a quien invoque falsamente con el propósito de causar daño a otro. Por esto, las denuncias deben ser confidenciales, pero no anónimas.
Es importante dar señales claras que transmitan una cultura sólida de respeto, porque en esta materia la primera y principal responsable es la empresa.
Si en la empresa no existen las garantías de un proceso justo y reservado, la personas afectada puede hacer la denuncia a la Inspección del Trabajo.
El respeto pleno a la dignidad y el rechazo a cualquier acción que denote acoso, deben ser parte de la estrategia de la organización, parte de su visión, misión y valores. Debe comenzar en el directorio y terminar en él. Esta es la única forma para que, una vez conocido el marco legal y asumidos los desafíos en este ámbito, la organización pueda transitar desde la cultura del cumplimiento a la cultura de la ética. Porque observar las leyes es imprescindible y básico, pero no suficiente.
Las y los invito hoy a descargar de nuestra página chilemujeres.cl el “Manual de prevención y sanción del acoso en el mundo del trabajo” que elaboramos con la UAH gracias al apoyo de la Unión Europea. Un regalo en este día de conmemoración.
*La autora es presidenta ejecutiva ChileMujeres.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.