Columna de Yanira Zúñiga: Verdad y memoria

Museo de la Memoria


En el marco de la discusión sobre el presupuesto, la Cámara de Diputadas y Diputados rechazó diversas partidas relacionadas con el financiamiento de entidades creadas para contribuir a la reparación de las violaciones sistemáticas de derechos humanos perpetradas durante la dictadura. En concreto, se rechazó la asignación presupuestaria del INDH y los fondos destinados al Servicio Nacional de Patrimonio Cultural, el cual sostiene a Villa Grimaldi, Fundación Eduardo Frei Montalva, Londres 38, Casa Memoria José Domingo Cañas, Fundación Patricio Aylwin, Corporación Estadio Nacional Memoria Nacional, Fundación Salvador Allende y el Museo de la Memoria y los Derechos Humanos. Esa decisión es sintomática de una lenta pero progresiva erosión del sostén institucional del compromiso de nunca más.

No por casualidad, la Declaración Universal de Derechos Humanos recuerda en su preámbulo la importancia moral y jurídica del establecimiento de la verdad en casos de violaciones sistemáticas de derechos humanos. Ese instrumento internacional reflexiona sobre cómo el desconocimiento y menosprecio de los derechos humanos originaron actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad. Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha desarrollado una consistente jurisprudencia sobre el derecho a la verdad. Según la Corte, este derecho tiene una dimensión individual y otra colectiva. La primera remite al derecho de víctimas o de sus familiares a obtener el esclarecimiento de los hechos violatorios y las responsabilidades correspondientes; y la segunda obliga a los estados a suministrar a la sociedad en su conjunto conocimiento sobre dichos hechos, mediante la divulgación de los resultados de procesos de investigación y la construcción de una memoria colectiva. Además de propósitos reparatorios y conmemorativos, el derecho a la verdad tiene un objeto preventivo: el esclarecimiento de lo ocurrido y la construcción de memoria sobre un pasado traumático contribuye a evitar que hechos similares se repitan en el futuro.

Dadas las difíciles condiciones de los procesos transicionales, el derecho a la verdad se asienta sobre una tensión ineludible entre verdad histórica y reparación, por una parte, y las exigencias pragmáticas de la reconciliación o pacificación nacional, por la otra. A menudo, entonces, las respuestas estatales no logran equilibrar todas esas dimensiones. En el caso chileno, la construcción de verdad y reparación judicial ha sido deficitaria, mientras que se ha avanzado mucho más en la construcción de verdad histórica colectiva a través de medios alternativos. Esas entidades son parte de ese avance. De ahí que la decisión presupuestaria antes comentada no solo tiene implicancias económicas. De mantenerse, sería una renuncia a la genuina defensa de los derechos humanos y una regresión de nuestro compromiso como sociedad democrática de prevenir la violencia estatal y la barbarie.

Por Yanira Zúñiga, profesora Instituto de Derecho Público Universidad Austral de Chile

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