Estado intermedio y rol de las Fuerzas Armadas



SEÑOR DIRECTOR:

La Constitución norma que los derechos y garantías constitucionales solo pueden ser afectados bajo situaciones de excepción como la guerra externa o interna, conmoción interior, emergencia y calamidad pública, cuando afecten gravemente el normal desenvolvimiento del Estado o de sus instituciones. Hoy vemos que en La Araucanía sucede lo que la Constitución determina como una de las situaciones que amerita estado de excepción, pero la política busca la alternativa, un estado intermedio con despliegue de las Fuerzas Armadas (FF.AA.), pero con material policial.

Pareciera no ser lo adecuado, primero porque las FF.AA. son entidades que funcionan y se entrenan con el material que poseen y segundo porque el material disuasivo como lanza gases, lanza agua y otros, no son parte de su doctrina, y sería mantener las condiciones de respuesta de hoy en que los subversivos utilizan armas de guerra y el Estado armas de control del público. Nada cambiaría.

También, se busca posicionar a las FF.AA. bajo una autoridad civil sin asumir que están bajo una autoridad civil. Hubo un coordinador de la Macrozona, hay delegados presidenciales, hay gobernadores, hay una estructura en el Ministerio de Defensa y hay un decreto presidencial que señala lo que deben hacer, entonces, ¿se busca la subordinación a un político en el puesto de mando?

Tanta traba para enfrentar a los subversivos me lleva al discurso fúnebre de Pericles: “También por nuestra liberalidad somos muy distintos de la mayoría de los hombres, ya que no es recibiendo beneficios, sino prestándolos, que nos granjeamos amigos” y pareciera que ya es tiempo que La Araucanía reciba la seguridad del Estado como el beneficio que se les ha negado.

Jorge Sanz Jofré

Académico Facultad de Gobierno

Universidad de Desarrollo

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