Estado social y Estado subsidiario



SEÑOR DIRECTOR

En relación a la carta de los profesores Pablo Contreras y Raúl Letelier recientemente publicada en La Tercera, quiero señalar lo siguiente:

El principio de subsidiariedad no tiene por objeto defender la libertad como valor absoluto ni es una regla fija e inamovible de preferencia de la iniciativa privada. Como lo muestra el espléndido libro El Estado subsidiario, de la filósofa Chantal Delsol, cuya publicación en español se la debemos al IES, el principio de subsidiariedad tiene por objeto la defensa de la dignidad.

Así, subyace al principio de subsidiariedad una preocupación -compartida por el modelo de Estado social- por la “procura existencial”. Que el Estado preste directamente servicios públicos, a fin de asegurar el acceso universal a bienes materiales, no solo no es contrario al principio, sino que puede incluso ser exigido por él.

Al mismo tiempo -y precisamente por estar anclada en la dignidad-, la subsidiariedad exige que el Estado respete a los ciudadanos en la realización de sus propios aportes al bien común. El principio de subsidiariedad no es un principio de eficiencia técnica -como Contreras y Letelier intentan describirlo-, sino de justicia. Los ciudadanos y las agrupaciones sociales tienen derecho a desplegar su vocación y emprender iniciativas, y el Estado no debe prohibirlas ni obstaculizarlas, sino todo lo contrario, apoyarlas (sobre todo cuando estas iniciativas proveen bienes socialmente relevantes).

La solidaridad, finalmente, reclama de los ciudadanos un compromiso activo por el bien común, con particular atención en los menos favorecidos. El principio de subsidiariedad supone este compromiso y lo impulsa. Por el contrario, la “solidaridad institucionalizada” a que se refieren Contreras y Letelier es realmente mero estatismo. El mejor modo de alimentar la cultura individualista es depositar en el Estado la responsabilidad prioritaria o exclusiva por el bien común. Paradójicamente, esto es lo que promueven los críticos del neoliberalismo.

Cristóbal Aguilera Medina

Profesor de Derecho

Universidad Finis Terrae

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