Temeraria actuación de juzgado de garantía
El hecho de que el juzgado de Ovalle haya dejado en libertad bajo fianza a imputados por graves delitos-la mayoría de los cuales se mantienen prófugos-, envía una señal muy equívoca en el combate a la delincuencia.
El 26 de agosto, la PDI en coordinación con la Fiscalía de Análisis Criminal y Focos Investigativos de Coquimbo, realizó distintos operativos que permitieron la detención de 23 personas como resultado de una investigación que llevaba más de un año y medio, y que tenía por objeto las actividades de una banda radicada en la comuna de Ovalle, la que se dedicaba a la producción y al tráfico de drogas, pero con operaciones también en otras comunas de la región. Sin embargo, lo que fue un gran golpe sufrió la semana pasada un importante revés en la audiencia de control de detención en el Juzgado de Garantía de Ovalle, cuando su titular, reconociendo que existía peligro de fuga, mas no que los inculpados fuesen un peligro para la sociedad, determinó la prisión preventiva, pero fijando caución de dos millones para cada uno, lo que permitió que inmediatamente quedaran en libertad.
Si bien la presunción de inocencia es un principio fundamental en nuestro sistema penal, y la prisión preventiva es la medida cautelar personal más dura -que por lo mismo establece requisitos y objetivos muy claros para determinarla, dentro de ellos la gravedad de los delitos imputados- la relevancia de los hechos investigados y acreditados hacían presumible que la libertad de las referidas personas constituía un peligro para la sociedad. De hecho, fue incautada una gran cantidad de droga, además de 280 millones de pesos en efectivo, armas y municiones. También debió haberse sopesado el tipo de actividad que realizaban, de alta peligrosidad.
Es por ello que resulta acertado lo dispuesto por la Corte de Apelaciones de La Serena, en cuanto a acoger la orden de no innovar solicitada por el Ministerio Público, y posteriormente, al pronunciarse sobre el fondo del recurso de apelación, revocar la resolución de primera instancia en lo apelado, atendido a que el propio juez de garantía en la audiencia de detención estimó que había presunciones fundadas de la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas y de la participación de los imputados. Al considerar la gravedad del delito y de los bienes jurídicos que se encuentran en juego, claramente lo que correspondía era la medida cautelar más gravosa sin derecho a caución, como claramente lo deja establecido por unanimidad la Corte de Apelaciones.
En momentos en que la penetración del crimen organizado en nuestro país se torna un problema cada vez más crítico -donde la producción y tráfico ilícito de drogas constituyen una parte relevante del flagelo-, las señales que den las distintas instituciones que participan en su prevención, investigación, juzgamiento y sanción son fundamentales. Así lo exige la preocupación que manifiesta la ciudadanía frente al clima de inseguridad, y también la frágil confianza que deposita en la administración de justicia. De allí que resulta particularmente preocupante la liviandad con que actuó el juzgado de garantía, provocando que hasta el momento 16 de los imputados se mantengan prófugos. Con ello, además de afectar la continuidad de la investigación, ha puesto en peligro a la propia sociedad, algo que el Poder Judicial debería mirar con especial inquietud, velando para que situaciones como estas no se vuelvan a repetir.