Comisión de la Convención opta por una justicia constitucional especializada: el TC será reemplazado por una Corte Constitucional

TC Tribunal Constitucional

Los constituyentes rechazaron la idea original de eliminar el actual Tribunal Constitucional y traspasarle esas funciones a una sala especial de la Corte Suprema. En cambio, aprobaron continuar con el actual modelo, pero tomando resguardos para evitar que se transforme en una "tercera Cámara" legislativa. Estará integrado por 15 jueces, durarán nueve años en sus cargos o hasta que cumplan setenta años y se renovarán cada tres años. Las normas se despacharán al pleno para su votación y necesitarán de 2/3 de los votos para pasar al borrador de la nueva Constitución.


El futuro del Tribunal Constitucional (TC) se comienza a definir. La Comisión de Sistemas de Justicia de la Convención Constitucional aprobó este lunes en particular los artículos que reforman la actual justicia constitucional. Esto significa que el TC será reemplazado por una Corte Constitucional.

“La justicia constitucional será ejercida por una Corte Constitucional, con la finalidad de garantizar la supremacía de la Constitución, bajo los principios de deferencia a los electos con potestad legislativa presunción de constitucionalidad de la ley, búsqueda de una interpretación conforme con la Constitución y no justiciabilidad de asuntos de naturaleza exclusivamente política. Los órganos del Estado, en el ejercicio de sus atribuciones, deberán aplicar las normas, en el ámbito de sus competencias, efectuando una interpretación orientada hacia la Constitución. La Corte Constitucional deberá interpretar la Constitución ajustada a la pertinencia cultural de los pueblos indígenas, cuando corresponda”, dice el artículo que fue aprobado por 14 votos a favor, uno en contra y 4 abstenciones.

La norma refleja un acuerdo al que llegó la mayoría de los convencionales de la comisión de continuar con el actual modelo de un tribunal especializado que sea guardián de la Constitución. Previo a este acuerdo tomó mucha fuerza una propuesta que fue impulsada por constituyentes del Frente Amplio y que pretendía eliminar el TC y no dejar nada en su reemplazo.

Esa idea de justicia constitucional implicaba, en cambio, traspasarle esa función a una sala especial de la Corte Suprema que estuviera integrada por ministros del máximo tribunal sorteados para eso.

La redacción del artículo, al incluir de manera explícita que esta nueva Corte Constitucional debe operar con “deferencia” con los órganos elegidos con potestad legislativa, pretende limitar al máximo el riesgo de que este nuevo tribunal se transforme en una “tercera Cámara”.

La nueva integración de la Corte Constitucional

Este tribunal será “un órgano autónomo, técnico, profesional, independiente e imparcial, encargado del control de la supremacía de la Constitución, cuyas resoluciones se encuentran fundadas únicamente en razones de derecho”.

Además, estará integrada por 15 jueces que “durarán nueve años en sus cargos o hasta que cumplan setenta años, y se renovarán por parcialidades cada tres años”. Además “funcionará en salas preferentemente especializadas, integradas por cinco juezas o jueces, o en pleno, de conformidad a lo dispuesto por la ley”.

El mecanismo para elegir a los magistrados quedó diseñado de la siguiente manera:

“a) Un tercio será elegido por el Congreso, de nóminas de cinco personas que, en cada caso, propondrá el Consejo de Alta Dirección Pública. Estas designaciones se efectuarán en votaciones únicas y requerirán para su aprobación del voto favorable de los tres quintos de las y los parlamentarios en ejercicio.

b) Un tercio será elegido por la Presidencia de la República, de nóminas de cinco personas que, en cada caso, propondrá el Consejo de la Justicia.

c) Un tercio será elegido de entre las juezas y las jueces del Sistema Nacional de Justicia, por votación, entre sus pares que ostenten la calidad de titulares. Las juezas y los jueces electos para el ejercicio de esta función quedarán suspendidos de sus cargos judiciales de origen en tanto se extienda éste.

Su nombramiento se realizará previa convocatoria pública, abierta y transparente del órgano que corresponda realizar la elección, con al menos seis meses de anticipación”.

En los artículos aprobados también se reguló el perfil de estos jueces. “Las y los postulantes al cargo de juez o jueza de la Corte Constitucional deberán ser abogadas o abogados, con más de quince años de ejercicio profesional, todas y todos juristas de reconocida competencia, y que se desempeñen o hayan desempeñado como juezas o jueces del Sistema Nacional de Justicia, fiscales del Ministerio Público, defensoras o defensores penales públicos, académicas y académicos de Universidades acreditadas por el Estado, y que pertenezcan a distintas especialidades del Derecho”, plantea la norma.

También los convencionales estuvieron de acuerdo con que “al menos dos tercios de las y los jueces de la Corte Constitucional deberán provenir y haber ejercido sus funciones, por un mínimo de cinco años, en regiones diversas a la metropolitana. A lo menos dos de sus integrantes deben provenir de pueblos indígenas”.

Finalmente el artículo cerró la puerta a que personeros de gobierno se pasen directamente del Ejecutivo para integrar esta nueva Corte Constitucional: “No podrán ser jueces o juezas de la Corte Constitucional quienes se hubiesen desempeñado en cargos de elección popular, hubiesen sido candidatas o candidatos a estos, o quienes hayan desempeñado el cargo de ministra o Ministro de Estado, u otros cargos de exclusiva confianza del gobierno, durante los seis años anteriores a la elección. De igual manera, no podrán tener impedimento alguno que los inhabilite para desempeñar el cargo de juez del Sistema Nacional de Justicia”.

Estas normas se despacharán al pleno para que sean votadas por todos los convencionales. Se necesita el sufragio favorable de 2/3 para ser visadas y pasar a formar parte del borrador de la nueva Constitución. El escenario más probable es que en su primera votación en el pleno los artículos se rechacen para volver a la comisión y ser ajustadas. Esto debido a que el modelo presentado aún no convence totalmente a los convencionales

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