Diario Oficial publica la Ley Nain-Retamal que protege la función policial y regula la legítima defensa en el Código Penal

Ministra confirmó que ya están recabando antecedentes.

También entraron en vigencia las leyes que elevan las penas en los delitos de secuestro y porte de armas. Además, de la iniciativa que refuerza las competencias de Gendarmería.


Este lunes, el Diario Oficial publicó la Ley Nain-Retamal que fue promulgada el pasado jueves por el Presidente Gabriel Boric. La iniciativa entrega protección jurídica a las policías que utilicen su arma de servicio y eleva las penas a quienes atenten contra ellos.

La ley se concreta tras la muerte del tercer carabinero asesinado en menos de un mes en el ejercicio de sus funciones: el cabo primero Daniel Palma Yáñez (33), quien falleció la madrugada de este jueves luego de recibir dos impactos balísticos al momento de realizar una fiscalización en la comuna de Santiago.

El Diario Oficial también publicó otras leyes en materia de seguridad que fueron promulgadas por el jefe de Estado. Se trata de las iniciativas que elevan las penas en delitos como secuestros y que endurecen la regulación en materia de control de armas, agravando el porte de armamento en lugares altamente concurridos.

Además, se publicó la ley que tipifica el delito de extorsión y que entrega más herramientas a funcionarios de Gendarmería para investigar delitos al interior de los recintos penitenciarios.

Detalles de la Ley Nain-Retamal

  • Da mayor protección y garantías para que las policías, Gendarmería, Fuerzas Armadas, la policía marítima y la Dirección General de Aeronáutica, puedan cumplir su labor cuando cumplen rol de orden público.
  • Regula la legítima defensa en el Código Penal, acotando la presunción en casos en que esté en juego la vida o la integridad de los funcionarios policiales o de terceros.
  • La aplicación de presunción no se dará en el caso que el funcionario se sienta amenazado, sino que haya condiciones de amenazas y riesgos a la integridad física de funcionarios o de terceros (no bienes).
  • Cuando no se dan de manera completa las razones que justifiquen el uso racional de fuerza, se pueden aplicar atenuantes de responsabilidad, excepto que haya dolo.
  • Las penas sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad no procederán a delitos contra la vida y la integridad física de funcionarios de Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y Gendarmería de Chile.
  • Se restablece la responsabilidad penal del alto mando y se precisa el delito de apremios ilegítimos.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.