Por Leonardo CárdenasA cinco meses del fallido Duelo de Leyendas que traería a Ronaldinho: Sernac suma 619 reclamos, pero aún no presenta demanda
Mientras, Puntoticket terminó su contrato con la productora ante la ausencia de respuestas formales, mientras el Sernac recuerda que la intermediación no exime de la responsabilidad de proteger los derechos de los consumidores.

A comienzos de año, reconocidas figuras de la llamada “Generación Dorada” del fútbol chileno se encargaron de promocionar masivamente a través de Instagram, TikTok y YouTube el denominado Duelo de Leyendas América 2026.
El gran gancho publicitario y capitán indiscutido del torneo de fútbol 7 era el astro brasileño Ronaldinho Gaúcho; sin embargo, a pocos días del inicio, se anunció su sorpresiva baja debido a “compromisos ineludibles”. Aquel traspié fue solo el prólogo de un evento que terminó transformándose en un verdadero desastre comercial.
A cinco meses del frustrado espectáculo, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) acumula ya 619 reclamos sin resolver, una cifra que se disparó de forma exponencial desde los 16 reportes iniciales y que mantiene en vilo a miles de fanáticos que pagaron por entradas y servicios especiales.
Desde el Sernac explicaron que aún están dentro de plazo para ejercer acciones legales, pero recalcaron que, antes de evaluar una eventual derivación al Ministerio Público, corresponde agotar las herramientas de su propio ámbito de competencia. En ese contexto, las indagatorias permitieron establecer que el organizador último del evento no sería la empresa Inter Sportainment SpA, tal como se creía, sino la Fundación para el Desarrollo del Deporte y Bienestar Intersportainment, un antecedente clave que debió dilucidarse mediante oficios tanto a la productora como a la ticketera.
Fundación
Actualmente, el organismo fiscalizador analiza la interposición de acciones de defensa colectiva y correctivas contra los involucrados. Según detalló el Sernac a Pulso, la fundación ha tanteado algunas opciones alternativas para los fanáticos, pero sin ofrecer nada concreto ni bajo las condiciones originales prometidas. La respuesta tampoco entrega definiciones suficientes respecto de las razones de la suspensión ni establece fechas y montos claros para las respectivas devoluciones de dinero, afectando de manera particular a quienes contrataron experiencias como el Meet & Greet o a compradores provenientes de regiones.
La gravedad del escenario se refleja en que el problema sigue latente varios meses después de la fecha programada. De la alerta inicial, doce reclamos tuvieron respuestas negativas por parte de los proveedores, quienes no respondieron, rechazaron la queja o entregaron respuestas inconsistentes, uno terminó en desistimiento y apenas siete fueron acogidos parcialmente. Ante la nula existencia de una solución integral y cierta por parte de la organización, el Sernac continúa evaluando sus próximos pasos con sus equipos internos, sin descartar ninguna vía legal.
En paralelo, un nuevo elemento se sumó a la disputa cuando Punto Ticket informó que decidió poner término a su contrato con la organizadora, debido a la falta de definiciones formales sobre la cancelación y el reembolso de los dineros.
“Puntoticket entregó nuevos antecedentes al Sernac el 8 de septiembre, en ellos informó que, ante la falta de definiciones formales de la organizadora sobre la cancelación, reprogramación y devolución de los dineros, decidió poner término a su contrato con la entidad organizadora”, destacó.
“No obstante, desde la perspectiva de protección al consumidor, la distribución de responsabilidades contractuales entre una productora y una ticketera no puede traducirse en un menoscabo de los derechos de los consumidores, particularmente respecto del derecho a recibir información veraz y oportuna, al cumplimiento de las condiciones ofrecidas y a obtener una reparación adecuada”, señaló.
“El análisis jurídico del Servicio considera, entre otras disposiciones, el artículo 43 de la Ley N°19.496, relativo a la responsabilidad del intermediario, además de los artículos 3°, 12 y 23 de la misma ley”, cerró.
Abogados
Frente a la dilación del proceso, voces expertas han analizado el panorama. Francisco Agüero, profesor del Departamento de Derecho Económico de la Universidad de Chile, sostiene que lo ideal sería que el Sernac impulsara mecanismos extrajudiciales o procedimientos voluntarios colectivos que permitan una indemnización más rápida, evitando la lentitud de un juicio prolongado. No obstante, advierte que si estas vías no prosperan, el camino lógico será una demanda colectiva contra los organizadores.
Por su parte, Cristián Reyes, socio de regulación económica de Aninat, apunta a dos factores clave para explicar los tiempos del Sernac: la demora natural de las empresas requeridas en entregar los antecedentes y la ausencia de un director nacional titular en la institución, lo que podría ralentizar la tramitación interna. Asimismo, el abogado recuerda que los consumidores no dependen exclusivamente de la acción del Servicio, ya que las asociaciones de consumidores o un grupo de cincuenta o más afectados tienen la facultad legal de demandar de manera autónoma ante los tribunales para buscar una reparación adecuada.
COMENTARIOS
Para comentar este artículo debes ser suscriptor.
Lo Último
Lo más leído
1.
3.
5.
La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
Plan Digital+$6.990 al mes, por los 3 primeros meses SUSCRÍBETE

















