A partir del 1 de octubre quienes coticen por primera vez deberán afiliarse a AFP UNO

Dicha administradora fue la que se adjudicó la última licitación de cartera de nuevos afiliados, tras ofrecer la menor comisión del sistema.


A partir del próximo domingo 1 de octubre, todas las personas que ingresen por primera vez al sistema como cotizantes de ahorro previsional obligatorio deberán afiliarse a AFP Uno.

Desde ese día, según la legislación actual, esa administradora comenzará a cobrar la comisión más baja de la industria por gestionar las cuentas de capitalización individual obligatoria de los nuevos trabajadores, asalariados e independientes: 0,49% de la remuneración imponible de esas personas.

Lo anterior es resultado de la última licitación de cartera de nuevos afiliados realizada en marzo y que se adjudicó finalmente a AFP Uno, luego de ofrecer la menor comisión.

De acuerdo a las estimaciones de la Superintendencia de Pensiones, con una comisión de 0,49% quienes son nuevos afiliados se beneficiarán de una disminución de 15% respecto de la comisión actual que pagan quienes, a la fecha, ingresan por primera vez al sistema.

¿Quiénes componen la cartera?

La cartera de nuevos afiliados se compone de todas las personas que se incorporen al sistema de pensiones como trabajadores dependientes, independientes o afiliados voluntarios durante los 24 meses que se inician a partir del 1 de octubre de 2023 y hasta el 30 de septiembre de 2025.

Para proteger sus intereses, la ley también establece que en caso de que la AFP adjudicataria de la última licitación aumente la comisión o que otra AFP ofrezca una comisión más baja, las personas podrán cambiarse a la administradora que estimen conveniente.

El proceso de licitación 2023-2025 es el octavo que se realiza desde que la reforma previsional de 2008 estableció la licitación de cartera de nuevos afiliados al sistema. Este mecanismo tiene como principal objetivo el incentivar la competencia e incrementar la eficiencia entre las distintas administradoras, mediante el cobro de comisiones más competitivas o menores por la gestión de los ahorros previsionales.

De la cotización mensual que se realiza en las cuentas de capitalización individual obligatoria y que se rebaja de la remuneración imponible, un 10% se destina para ahorro previsional y otro porcentaje, que varía según la AFP en la que se encuentra afiliado, se destina a pagar la comisión que esa administradora le cobra por gestionar sus fondos.

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