Aniversario de una Ley de Insolvencia que ha mostrado ser efectiva

Hace 7 años se produjo el cambio de paradigma más importante en el tratamiento de la insolvencia en nuestro país, cuando comenzó a operar la Ley N°20.720 de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas.
De una Ley de Quiebras que estigmatizaba al deudor, de tiempos muy extensos en el tratamiento de sus procesos y que era utilizada principalmente por grandes empresas, pasamos a una normativa 2.0, que abrió espacios a otros segmentos de deudores, como las Pymes y las personas naturales, para que pudieran enfrentar sus problemas de liquidez con procedimientos concursales más accesibles, eficientes, con menos tiempos de tramitación y la existencia de un mecanismo casi único en el mundo para restructurar los pasivos de las personas de forma administrativa y no judicial, como lo es la Renegociación de Deudas.
La oportunidad de la nueva Ley se refleja en los números: de 5.300 quiebras que registró el antiguo cuerpo legal en 34 años de vigencia, pasamos en 7 años a tramitar cerca de 35 mil procedimientos, los cuales han permitido que empresas y personas puedan hacer frente al sobreendeudamiento o la insolvencia.
Pero sabemos que la economía es dinámica y se ve afectada de vez en cuando por eventos que sacuden al mundo, como la pandemia que hemos vivido. Y estas grandes crisis son también una oportunidad para mejorar leyes que han sido efectivas, como la Ley N° 20.720 en este caso, para asistir de manera más eficiente y efectiva a las empresas de menor tamaño, las más susceptibles ante los efectos económicos de crisis sanitarias como el Covid-19.
Desde 2020, profesionales de la Superir y del Ministerio de Economía han trabajado intensamente para dar vida a un nuevo cuerpo legal, que justamente se adecue a los nuevos tiempos. Hablamos de una Ley de Insolvencia 3.0 que, entre muchas mejoras, nos posibilitará ofrecer a nuestras Mipes procedimientos simplificados de Reorganización y Liquidación y cuyos pilares serán la facilidad de acceso, el bajo costo y los menores tiempos de tramitación, entre otras modificaciones legales.
La renovada normativa también eliminará el requisito que hoy impide a quienes emiten boletas de honorarios acceder a la Renegociación. Hoy esos usuarios son considerados empresas, por lo que muchas veces no tienen más opción que someterse a la liquidación de sus bienes.
En la construcción de este proyecto hemos tenido un gran apoyo de nuestros legisladores, lo que ha permitido que avance de manera expedita en su tramitación, y actualmente nos encontremos en segundo trámite constitucional en el Senado.
En suma, esta Ley 3.0 de Insolvencia vendrá a ser un paraguas legal moderno y mucho fácil de utilizar para que nuestras Mipes estén mucho más protegidas y puedan reinsertarse en menores tiempos en la economía y reemprender.
COMENTARIOS
Para comentar este artículo debes ser suscriptor.
Lo Último
Lo más leído
Casi nadie tiene claro qué es un modelo generativo. El resto lo leyó en La Tercera
Plan Digital + LT Beneficios$6.990 al mes SUSCRÍBETE














