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FNE pide a la Corte Suprema ratificar la multa de $2.400 millones contra Oxxo por entregar información falsa

El organismo alegó ante la Tercera Sala que la matriz del grupo, Cadena Comercial Andina, aseguró tener 40 antecedentes de los exigidos por ley cuando poseía al menos 60 adicionales. Oxxo negó que haya entregado información falsa.

Andres Perez

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó a la Corte Suprema que rechace el recurso de reclamación presentado por Cadena Comercial Andina SpA (CCA), matriz del grupo Oxxo, contra la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que acogió el requerimiento del organismo por la infracción de entrega de información falsa al notificar su operación de concentración con Ok Market en 2021.

El fallo del TDLC condenó a CCA al pago de una multa a beneficio fiscal superior a $ 2.400 millones (2.898 Unidades Tributarias Anuales), al considerar que la compañía infringió la norma que sanciona a quien notifica una operación de concentración entregando información falsa (el artículo 3° bis letra e) del Decreto Ley N°211 de 1973).

El argumento de la Fiscalía ante la Tercera Sala

En el alegato realizado ayer ante la Tercera Sala del máximo tribunal, el jefe de la División de Litigios de la FNE, Víctor Santelices, sostuvo que la decisión del TDLC establece que entregar información fidedigna, completa y oportuna es un elemento esencial para el análisis de las operaciones de concentración, dado que la Fiscalía debe revisar la operación en un tiempo muy acotado.

En un comunicado, la FNE dijo que la sentencia del tribunal antimonopolios consigna que “para lograr un pronunciamiento fundado de la FNE en el menor tiempo posible, es fundamental que la notificación de los interesados sea realizada con la mayor completitud”.

El fallo agrega que “la decisión sobre una operación de concentración no solo interesa a las partes, sino que afecta a todo el mercado o industria concernida por el eventual cambio de condiciones de competencia que puede ocurrir. En consecuencia, para minimizar los errores de la decisión, es necesario contar con la mayor cantidad de información para la revisión de la operación”.

Los 60 antecedentes que no fueron entregados

Santelices expuso ante la Corte Suprema que Oxxo habría afirmado que cumplió con la legislación, asegurando a la Fiscalía que solo tenía en su poder 40 antecedentes de aquellos exigidos por la ley, en circunstancias de que poseía al menos 60 antecedentes adicionales.

Según precisó el representante del organismo, la infracción de entrega de información falsa se constituyó cuando la empresa notificó la operación aseverando que cumplía con la legislación, pese a haber omitido la entrega de la totalidad de la información exigida por la ley.

De acuerdo con la FNE, esos 60 documentos detectados permitían tramitar la investigación de modo más eficiente y en un menor tiempo, porque se referían a aspectos sensibles de la caracterización del mercado. Al no ser aportados, la información que contenían tuvo que ser replicada mediante diligencias investigativas.

La respuesta de Oxxo: “En ningún momento se entregó información falsa”

Para la Fiscalía, la conducta no solo supuso una infracción a la ley.

Santelices destacó que además implicó que el organismo debiera invertir mayores recursos públicos durante la investigación de la operación de concentración, para indagar la información que Oxxo no aportó pese a tenerla en su poder, con efectos que calificó de nocivos en los plazos con que la FNE cuenta para analizar la operación.

Oxxo salió al paso de los argumento del regulador y afirmó que actuó de buena fe, con transparencia y en permanente colaboración con la misma FNE.

Oxxo respondió a la FNE. Andres Perez

“Sostenemos que en ningún momento se entregó información falsa ni se ocultaron deliberadamente antecedentes, y que nuestra actuación nunca tuvo por objeto entorpecer la labor de la autoridad ni afectar el desarrollo del procedimiento”, dijo la empresa en una declaración.

Según Oxxo Chile los antecedentes cuestionados no alteraron la evaluación sustantiva de la operación, no modificaron el análisis ni el resultado de la operación de concentración, “por lo que no existió afectación a la libre competencia ni a los consumidores”.

El caso

La FNE presentó el requerimiento en diciembre de 2022, tras una investigación iniciada en julio de ese mismo año. La acción original incluía también una acusación contra CCA por incumplir una de las medidas de mitigación que condicionaron la aprobación de la adquisición de Ok Market, luego de detectarse que la empresa no renunció, en los plazos acordados, a cláusulas de exclusividad pactadas en un número de contratos de arrendamiento de locales.

Respecto de esa acusación, la FNE arribó a una conciliación con CCA en julio de 2023, en la que la empresa reconoció el incumplimiento y se obligó a pagar $380 millones a beneficio fiscal.

El requerimiento original de la FNE pedía al TDLC una multa superior a $5.250 millones, monto que el tribunal redujo a las 2.898 UTA finalmente aplicadas en noviembre de 2025.

Tras conocerse ese fallo, la compañía negó haber actuado con dolo y anticipó que llevaría el caso a instancias superiores, lo que derivó en la reclamación que ahora revisa la Corte Suprema.

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