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La dura respuesta de Clínica Las Condes a su exdirector médico en conflicto por honorarios

El exdirector médico Rodrigo Mardones se querelló contra Clínica Las Condes, acusando la retención indebida de sus honorarios desde 2021. Por su parte, CLC solicitó desestimar la acción legal, argumentando que el querellante instrumentaliza el sistema penal para exigir pagos ya zanjados en un acuerdo extrajudicial de 2024.

06/07/2026 - NUEVOS FORMALIZADOS CASO PRIMUS. Foto: Mario Tellez MARIO TELLEZ

Poco antes de ser formalizado y enviado a cumplir prisión preventiva en Capitán Yáber por el millonario fraude al factoring Primus Capital, el exdirector médico de Clínica Las Condes (CLC), Rodrigo Mardones Petermann, presentó una querella por los presuntos delitos de apropiación indebida y administración desleal. La acción iba dirigida contra CLC, su gerente general, Pablo Yarmuch, y su expresidente, Alejandro Gil.

Según la fiscalía, Mardones inyectó documentos falsos por cerca de $6.000 millones en un esquema descrito como una “asociación ilícita” diseñada para permear los controles del segundo factoring no bancario más grande del país.

En su presentación, el facultativo acusó que Clínica Las Condes dejó de pagar oportunamente los dineros correspondientes a sus honorarios médicos, derivados de cirugías y procedimientos, desde inicios del año 2021 a la fecha. En lugar de transferir la totalidad de lo recaudado, dijo, CLC realizaba pagos en fracciones menores y parciales.

Según el médico, el objetivo de esta práctica era apropiarse de los dineros cobrados a las aseguradoras y pacientes para poder afrontar el conocido escenario financiero desfavorable que presentaba la institución.

“Clínica Las Condes S.A. incumplió sus obligaciones en forma dolosa, vulnerando el mandato que las sociedades médicas le habían otorgado, no sólo no cobrando la totalidad de las prestaciones médicas realizadas en la clínica, sino que pagándoles a los médicos y sociedades prestadoras, en fracciones menores y parciales, con el claro objeto de apropiarse de los dineros cobrados a las aseguradoras y pacientes, para poder afrontar el conocido escenario financiero desfavorable que presentaba”, denunció Mardones.

Descargos de CLC

Frente a la querella, Clinica Las Condes presentó un escrito de reposición en el que solicitó declarar la nulidad de la resolución del 21 de julio de 2026 y declarar inadmisible la querella interpuesta por el facultativo.

En su presentación, el fiscal de CLC, Héctor Zavala, lanzó duros cuestionamientos a Mardones señalando que este “mal utiliza e instrumentaliza al sistema penal chileno, imputando y atribuyendo delitos a Instituciones y Personas Naturales inocentes, ajenas a este tipo de situaciones”.

En esa misma línea, el abogado sostuvo en el documento que “nos sorprende que tenga la osadía para presentar una querella y ocultar información a un Tribunal de la República, incluso quizás a sus abogados, en pos de poder obtener algún beneficio económico por medio de la utilización e instrumentalización de nuestro sistema penal”.

Zavala argumentó, además, que “el querellante de manera artificiosa procede a elucubrar una acción penal basada en hechos que se encuentran zanjados por las partes y que se sometieron de forma libre y consentida en una transacción extrajudicial en el mes de noviembre del año 2024”.

Respecto a los honorarios médicos supuestamente adeudados, el fiscal de CLC afirmó que estas acusaciones “no tienen ningún asidero y resultan muy poco creíble teniendo presente el rol, poder y miedo que ejercía e infundaba el señor Mardones al interior de la organización en aquella época, por lo que resulta de no creer que a él no se le pagarían sus honorarios”.

Por todo lo anterior, sostuvo que la vía legal ha sido “abusada de manera grosera por este querellante”, manifestando que su fin “es instrumentalizar el derecho penal para obtener la exigencia de pagos que, en la mayoría de los casos, a excepción de éste, por existir previamente el pago a lo sumo debió ser conocida en un juicio ejecutivo de cobro de facturas o juicio ordinario de cobro de honorarios”. Finalmente, concluyó que debido a esto “las alegaciones fantasiosas efectuadas por el querellante no pueden ser investigadas”.

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