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Polla y Lotería ganan disputa: Corte de Apelaciones ordena bloqueo de casinos online

El tribunal de alzada capitalino fijó un procedimiento de cinco etapas que obliga a las empresas de telecomunicaciones a bloquear por DNS a los sitios de apuestas ilegales. La Agrupación Chilena de Plataformas de Apuestas en Línea (aPAL) calificó la sentencia como "preocupante".

Palacio de los Tribunales de Justicia en Santiago. Jonnathan Oyarzun/Aton Chile JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

La batalla legal entre Lotería y Polla Chilena contra las plataformas de apuestas online ya tiene una hoja de ruta definitiva. La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió adoptar como mecanismo idóneo el bloque por DNS de dominios específicamente indualizados para dar cumplimiento a la sentencia de la Corte Suprema que impide la transmisión y promoción de juegos de azar en linea.

Se trata de una nueva victoria para las dos principales entidades legalmente autorizadas para administrar y comercializar apuestas deportivas en Chile.

Para hacer cumplir la sentencia de la Corte Suprema, la Corte de Apelaciones de Santiago definió un mecanismo técnico de cinco etapas que obliga a las empresas de telecomunicaciones a aplicar bloqueos por DNS a los sitios que operen al margen de la ley.

La resolución aterriza las aprensiones técnicas que tenían las operadoras de internet frente al riesgo de bloquear sitios lícitos. El nuevo esquema establece que Lotería o Polla deberán denunciar las URL sospechosas directamente ante la Superintendencia de Casinos de Juego, organismo que validará si efectivamente corresponden a juegos de azar sin autorización.

Próximamente, la Subtel despachará la nómina a las telcos para que ejecuten el bloqueo, fijando además un sistema de revisión permanente para botar rápidamente los “sitios espejo” que intenten saltarse la medida.

“La recurrente o el tercero coadyuvante informará a la Superintendencia de Casinos los dominios, subdominios, redirecciones o sitios derivados que estime asociados a los sitios web comprendidos en la sentencia, y que a su juicio incumplan lo ordenado en ella”, acotó la sentencia dictada por los ministros Juan Cristóbal Mera, Matías Felipe de la Noi y el ministro suplente Daniel Eduardo Aravena.

“Los antecedentes serán ingresados a la Superintendencia de Casinos de Juego, la que, dentro del ámbito de sus atribuciones, validará si los dominios informados corresponden efectivamente a plataformas en línea de apuestas o juegos de azar, lo que comunicará a la Subsecretaría de Telecomunicaciones”, consignó el fallo.

“validados los antecedentes, la Subsecretaría de Telecomunicaciones comunicará a las recurridas la nómina de dominios o subdominios que deben incorporarse a los mecanismos de bloqueo por DNS”, añadió.

Origen

Por lo pronto, las telcos ejecutarán el bloqueo por DNS de los dominios individualizados dentro del plazo que la Subsecretaría determine, informando su implementación a la Corte de Apelaciones de Santiago.

El origen de la disputa radica en un recurso de protección presentado por la Lotería de Concepción en contra de las principales empresas de telecomunicaciones del país, entre ellas Claro, Entel, GTD, Telefónica, WOM y VTR. El objetivo de la acción legal era que estas compañías proveedoras de internet dejaran de permitir la transmisión y promoción de juegos de azar que no cuentan con autorización legal ni administrativa.

La Corte Suprema en septiembre de 2025 falló a favor de la Polla y Lotería y ordenó a las empresas de telecomunicaciones bloquear de manera inmediata los sitios web denunciados.

La fase actual del conflicto, que motivó el fallo de la Corte de Apelaciones, surgió por los desacuerdos entre las partes respecto a cómo ejecutar técnicamente la orden de la Corte Suprema. Mientras la Lotería de Concepción exigía el bloqueo directo e inmediato de una nómina de direcciones bajo apercibimiento, las empresas de telecomunicaciones advirtieron sobre los riesgos de “sobrebloqueo” y exigieron que la calificación de ilegalidad de los sitios no quedara en manos de las partes interesadas. Para resolver este entrampamiento, el tribunal tuvo que recurrir a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, estableciendo finalmente un mecanismo técnico de bloqueo por DNS de cinco etapas que requiere la validación previa de la Superintendencia de Casinos de Juego.

Comentarios

Frente al fallo, Felipe Dalgalarrando, presidente de Polla explicó que “valoramos esta sentencia, ya que establece un procedimiento claro para hacer efectivo el bloqueo de las plataformas de apuestas que operan ilegalmente en Chile. Ahora esperamos que este procedimiento sea implementado a la brevedad, de manera de dar cumplimiento inmediato al fallo de la Corte Suprema”.

“Como parte de este proceso, estaremos plenamente disponibles para colaborar con las autoridades competentes en la identificación de los sitios, tal como establece la sentencia, contribuyendo a la correcta implementación de este mecanismo”, añadió.

Desde la Agrupación Chilena de Plataformas de Apuestas en Línea (aPAL) señalaron que es “preocupante que la Corte extienda su competencia fuera del alcance específico sometido a su conocimiento. Lo que se pide en el recurso no solo limita, en términos absolutos la competencia de la Corte, sino que además, esa petición no puede modificar ex post, como ha ocurrido”.

APAL está conformada por Latamwin, Juegaenlinea, Betsson y Coolbet.

“Igual de preocupante es que en esta resolución de la Corte se esté atribuyendo a la Superintendencia de Casinos de Juego una función que excede las competencias que la ley le entrega, al tiempo que se establece un mecanismo de bloqueo que plantea serias interrogantes respecto del principio de neutralidad de la red”.

Según aPAL “La propia Subsecretaría de Telecomunicaciones ha advertido que cualquier medida de esta naturaleza debe resguardar la neutralidad de la red, la ciberseguridad y la protección de datos. El cumplimiento de una sentencia no puede significar vulnerar la neutralidad de la red ni extender las competencias legales de los organismos públicos”.

“El cumplimiento de las decisiones judiciales es fundamental, pero debe darse dentro del marco de las competencias de cada institución y respetando los principios que regulan las telecomunicaciones. Las resoluciones judiciales resuelven conflictos entre parte, dentro de su marco de competencia y no establecen políticas públicas ni normas de aplicación general. Esto le corresponde únicamente a la ley”.

“Precisamente por la complejidad de esta actividad, Chile necesita avanzar en el Proyecto de Ley que regula las apuestas en línea que actualmente se debate en el Senado, con reglas claras que determinen las competencias, responsabilidades y condiciones bajo las cuales se desarrolla esta actividad”, cerró.

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