Royalty minero: Deloitte estima que tasa efectiva será del orden de 44% en promedio, pero alerta por casos que superarían el tope

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Otras consultoras valoraron la menor incertidumbre asociada al avance del proyecto, pero también remarcaron en la necesidad de que el sector no pierda su atractivo para futuras inversiones, especialmente en proyectos con una menor ley del mineral, los que podrían seguir postergados o incluso no ejecutarse.


La discusión en torno a un nuevo royalty lleva largo tiempo afectando la certeza de la minería en Chile, una de las principales actividades económicas del país. Desde que en septiembre de 2018 un grupo de diputados propuso establecer una tasa ad valorem del 3% a las ventas de las mineras que operan en Chile, la industria ha ido internalizando el impacto de mantener abierta la discusión impositiva para el sector.

Los más de 4 años de discusión en torno a los tributos para el sector podrían acabarse más temprano que tarde, luego que el Senado despachara a tercer trámite el proyecto, que desde mediados de julio de 2022 cuenta con el patrocinio del Ejecutivo. La iniciativa será analizada este miércoles por la Sala de la Cámara de Diputados, en una sesión especial.

Durante el trámite la propuesta inicial fue acotada. La fórmula visada por el Senado delimitó, entre otras cosas, la carga tributaria máxima con un tope de 46,5% para los explotadores mineros cuya producción superen las 80 mil toneladas de métricas de cobre fino (TMCF), la que en un principio era de 50%.

Sobre esa base, para Gloria Caro, socia de Tax & Legal en Deloitte, la tasa efectiva a pagar para las grandes mineras podría situarse en torno al 44%.

“Los cálculos de nuestro modelo indican que la carga efectiva promedio de la industria de la gran minería del cobre alcanzaría un 44,7%, considerando un valor de cotización promedio del cobre de US$3,74 la libra, porcentaje que resulta superior a las jurisdicciones comparadas”, aseguró.

Pero sin perjuicio del tope, para Caro existe el riesgo de que algunas operaciones terminen superando el pago límite a los tributos. Ello, porque “la carga tributaria se define como porcentaje de tributación calculado sobre la utilidad contable de la compañía, en tanto que el tope considera un 46,5% sobre la base del royalty, monto que no coincide con la señalada utilidad contable”, explicó.

“En consecuencia, hemos podido observar que ciertas faenas se exponen a una carga tributaria superior incluso a un 48%, particularmente aquellas con baja rentabilidad, en las que el impacto del royalty resulta mayor, considerado como porcentaje de carga tributaria”, remarcó Caro.

En tal sentido, Caro aseguró que “un elemento que echamos de menos en la discusión legislativa fue la inclusión de un estatuto de invariabilidad tributaria”, aspecto contemplado en el decreto ley N°600 de 1974, pero que ha sido prorrogado dos veces, primero en 2005 y luego en 2010. Este beneficio se extingue en 2023 para ocho grandes yacimientos, los que de acuerdo al Consejo Minero, representan el 70% de la producción minera privada.

Dicho grupo lo componen los proyectos mineros Candelaria, El Abra, AngloAmerican Sur, Collahuasi, Los Pelambres, Zaldívar, Escondida y Cerro Colorado.

“Esta fue una herramienta exitosa(...). Cuando uno habla con las empresas mineras, ellas valoran esta estabilidad, ya que deja las reglas claras en el mediano y largo plazo para hacer grandes inversiones”, remarcó Caro.

No amenazar el atractivo del sector

En tanto, para Alicia Domínguez, socia líder para la industria de Energía y Minería de EY, si bien resulta “positivo que la discusión avance, ya que despeja -en cierta medida- la incertidumbre que ha venido generando”, a su juicio igualmente resulta relevante no amenazar el atractivo del sector.

“Para justamente poder lograr una mayor recaudación que sea equitativamente distribuida, no se debe poner en riesgo la viabilidad de la fuente que genera esa recaudación”, señaló.

“Si la minería en Chile deja de ser un negocio atractivo, simplemente no habrá de dónde recaudar. Por ello, la discusión en esta materia no debe perder de vista que lo esencial es la búsqueda de la carga tributaria equilibrada, que sea sostenible en el tiempo; es decir, aquella que permita recaudar lo máximo posible sin impactar sustantivamente la competitividad de las empresas y el consecuente atractivo para la inversión”, enfatizó.

Domínguez aseguró además que “resulta difícil predecir el comportamiento de los diputados”, ya que “las fuerzas políticas están en un momento de ajustes”, pero mostró su esperanza de que “concluya la discusión y se den señales importantes de estabilidad y proinversión”.

Por su parte, Andrés Martínez, socio líder Consultoría Tributaria de KPMG en Chile, resaltó que “si bien aún faltan algunos elementos por definir, ya hablar de un 46,5% implica una moderación de la carga tributaria total que partió en un 50%, lo cual, de todas formas, es un esfuerzo no menor para el sector minero”.

Consultado, Martínez, afirmó el cálculo sobre la tasa efectiva a pagar “va a depender de la realidad de cada contribuyente”, ya que esta “se construye por proyecto y por cada explotador minero”.

“No podríamos hablar de una media, ya que esta va a variar respecto del momento en el que esté el proyecto, por ejemplo, la distribución de dividendos, entre otros”, remarcó.

A su juicio, “posiblemente los proyectos grandes y de mejor ley podrán hacer frente de mejor forma a este escenario, pero igual hay que considerar que otros de menor ley, podrían dejar de ser atractivos y queden postergados, o bien, no se ejecuten”.

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