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Corte Suprema anula cancelación de licencia a condenado por manejar en estado de ebriedad

Por otro lado, en otra resolución, el máximo tribunal absolvió a una persona que enfrentó un proceso por no someterse a examen de alcoholemia.

La Corte Suprema acogió un recurso de nulidad que presentó la defensa de un sujeto condenado por manejo en estado de ebriedad y dejó sin efecto la cancelación de su licencia de conducir por cinco años.

En un fallo de mayoría, la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y María Cristina Gajardo, la abogada Pía Tavolari y el abogado Juan Carlos Ferrada– estableció que se incurrió en error al considerar como agravante condenas prescritas de 1986 y 1999.

“Corresponde que se sancione al imputado como si fuese sorprendido en una primera ocasión”, explica el fallo del máximo tribunal.

El beneficiado, Richard Sanhueza, fue condenado como autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad, perpetrado el 5 de febrero de 2024 en Villarrica, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de dos UTM y suspensión de licencia para conducir vehículos motorizados por el lapso de dos años.

Por otro lado, la Corte Suprema acogió un recurso de nulidad deducido por la defensa y, en sentencia de reemplazo, decretó la absolución de un condenado por conducción en estado de ebriedad del cargo de negarse injustificada a examen de alcoholemia.

El ilícito por el que se estableció la condena ocurrió en abril de 2024, en la comuna de Las Condes.

Un fallo unánime de la Segunda Sala del máximo tribunal, estableció error en la sentencia que condenó a Eduardo Catalán, que fue fiscalizado por efectivos de Carabineros, que le practicaron el examen respiratorio (intoxilyzer), que permitió establecer su estado de embriaguez.

El condenado fue absuelto de su responsabilidad como autor del delito de negativa injustificada a practicarse examen de alcoholemia y fue condenado a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, al pago de la multa de 1/3 de UTM, a la suspensión de la licencia de conducir por dos años y a las accesorias legales de suspensión de cargos u oficio público durante el tiempo que dure la condena, en su calidad de autor del delito de conducción en estado de ebriedad causando daños y lesiones leves.

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