Nacional

Director de Unidad Anticorrupción de Fiscalía descarta error en decisión de prisión preventiva de exdiputado Lavín

Eugenio Campos dijo que la defensa "tuvo que haber deducido un recurso de apelación, que está vencido y que no se hizo".

MARIO TELLEZ

El director de la Unidad Especializada en Anticorrupción de la Fiscalía Nacional, Eugenio Campos, compareció en representación del Ministerio Público para alegar ante la Corte de Apelaciones de Santiago frente al recurso de amparo constitucional que presentó el abogado Cristóbal Bonacic, defensor de Joaquín Lavín León, contra la resolución del 7° Juzgado de Garantía capitalino que ordenó la prisión preventiva del exdiputado.

La defensa de Lavín sostiene que la resolución del juez Daniel Urrutia fue ilegal al haber incorporado delitos que no fueron los que la Corte Suprema consideró al dictar el desafuero del exparlamentario.

Tras la audiencia, Campos dialogó con la prensa recalcando que la discusión respecto al amparo no ahonda en el mérito de las imputaciones por las que se formalizó.

“Si la defensa pudo haber ejercido ese derecho, tuvo que haber deducido un recurso de apelación, que está vencido y que no se hizo. Dicho esto, lo que entramos a discutir, entonces, en un amparo constitucional es que aquellos delitos que se autorizaron en el desafuero por la excelentísima Corte Suprema, fueron o sirvieron de base para que el Tribunal de Garantía pueda disponer o no la prisión preventiva”, explicó.

En esa línea, señaló que ante el tribunal de alzada fueron categóricos para dar cuenta que “los delitos por los cuales fueron aprobados los desafueros respecto del exdiputado, señor Lavín, fueron los mismos que tuvo en consideración el Tribunal para dictar la prisión preventiva".

“¿Cuáles son estos? Fraude al fisco reiterado, falsificación de uso de instrumento privado mercantil reiterado y el delito de tráfico de influencias", precisó.

Campos indicó que esos delitos, por los que se formalizó, estaban cubiertos por la solicitud de desafuero.

“Yo creo que aquí hay que entender un poco qué es la institución del desafuero y cuáles hay que ir a la formalización y medidas cautelares. El desafuero lo que establece es la plausibilidad de los antecedentes para que una persona que goza de fuero, pueda enfrentar un proceso penal, barrera procesal que el Ministerio Público sorteó con éxito. Luego de ello, lo que hace la formalización de la investigación es comunicar y precisar aquellos hechos del desafuero y que determinan una medida cautelar como la prisión preventiva que se decretó. Eso es todo”, puntualizó.

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