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Exasesor parlamentario de Lavín León radicado en España recurre a la Suprema para impugnar su orden de detención

Felipe Vázquez, quien desarrolló la plataforma para recolectar datos electorales, no se presentó a la audiencia de formalización, por lo que el juez Daniel Urrutia decretó una orden de detención. La Defensoría Penal Pública recurrió para objetar la resolución que pesa contra quien figura como imputado por fraude al Fisco.

DIEGO MARTIN/ATON CHILE

La mañana del 4 de mayo, la audiencia de formalización del exdiputado Joaquín Lavín León (ex UDI) comenzó con retraso. Eso, porque de los cuatro imputados que ese día la Fiscalía Metropolitana Oriente formalizaría, uno de ellos no se presentó en la audiencia del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago: Felipe Vázquez.

El imputado, quien era exasesor parlamentario de Lavin León, no se presentó a la audiencia, según afirmó su defensora penal pública, porque ya no vive en el país. Específicamente, según señaló la abogada en esa instancia, el ingeniero ahora reside en España, por lo que -aseguró- no fue notificado de la audiencia de formalización.

A raíz de aquello, y por solicitud de la fiscal Constanza Encina, el juez Daniel Urrutia decretó una orden de detención en contra de Vázquez, lo que podría poner en marcha un proceso de extradición en caso de requerirlo el Ministerio Público. Un procedimiento que la defensa del Vázquez busca evitar, por lo cual recurrió a la Corte Suprema.

Fiscal Constanza Encina. JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

Para la Fiscalía, en cambio, la comparencia de Vázquez es importante dado que le imputa fraude al Fisco, delitos tributarios y electorales. Según el ente persecutor, formó parte de la presunta trama de corrupción por la cual se formalizó al exdiputado, quien está en prisión preventiva en Capitán Yáber; al también exasesor Arnaldo Dominguez -detenido en Santiago Uno- y a Juan Silva, empresario que quedó bajo arresto domiciliario nocturno.

En el caso de Vázquez, el Ministerio Público imputa su rol como propietario de la empresa Modo74, la que desarrolló la plataforma que recogía datos electores y que el ente persecutor acusa que se usaron para la campaña de Lavín y cuyos pagos eran rendidos a la Cámara de Diputados.

El primer intento fallido

A raíz de la resolución del magistrado Urrutia, la Defensoría Penal Pública (DPP) recurrió ante la Corte de Apelaciones de Santiago, a través de un amparo, pidiendo dejar sin efecto la orden de detención. El magistrado decretó dicha orden amparado en que Vázquez tenía la obligación, como imputado contactado por la Fiscalía, de fijar domicilio en Chile, algo que no ocurrió.

La DPP, por su parte, argumentó ante la Corte de Santiago -al igual que en la formalización- que Vázquez siempre ha estado disponible y ubicable, que ha colaborado con la causa, y que incluso siempre ha estado en contacto con la Fiscalía.

Pero ante ese requerimiento la Segunda Sala de la Corte de Santiago acogió los argumentos del Ministerio Público, del Consejo de Defensa del Estado y de la Municipalidad de Maipú -representada por BACS Abogados- y rechazó el requerimiento de Vázquez, declarando legal la orden de detención que pesa en su contra.

DIEGO MARTIN/ATON CHILE

“El recurso de amparo debe ser rechazado, toda vez que la orden de detención decretada permite agotar la búsqueda del imputado en el territorio nacional y justificar en base a tal antecedente, el riesgo de incomparecencia, antes de proceder a realizar las actuaciones procesales necesarias a fin de activar el procedimiento de extradición activa”, sostiene la resolución de la ministra Sandra Araya, el ministro suplente Mauricio Rettig y el abogado integrante Jorge Gómez. En esa ocasión, se rechazó por dos votos a favor y uno en contra, el del ministro (s) Rettig.

Una orden de detención en espera

Ante el rechazo de la Corte de Santiago del recurso de amparo, la defensoría apeló, recurriendo, en esta ocasión, ante el máximo tribunal. En ese requerimiento, el defensor público Franco Lobiano pide que se deje sin efecto la orden de detención.

Según el escrito “el señor Vázquez ha estado disponible para los actos del procedimiento, entregando su domicilio real e informando al personal policial cuando ha cambiado de número telefónico, coordinando entrevistas, coordinando diligencias investigativas y aportando documentación, por lo cual resulta errado indicar que existiría una suerte de sustracción a los actos del procedimiento. El señor Vázquez no ha evadido la acción de la justicia“.

JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

La misma defensa reitera que el tribunal, cuando decretó la orden de detención, incurrió en una ilegalidad al no considerar los argumentos de la defensa. “Estamos ante una verdadera ausencia de fundamentación en la resolución, ya que no sólo no considera los argumentos de la defensa en cuanto a la falta de emplazamiento de mi representado, sino que tampoco se hace cargo de cada una de las alegaciones de la defensa", afirma.

Junto con eso plantea que “dicha orden de detención no es absolutamente indispensable para asegurar los fines del procedimiento, toda vez que mi representado ha comparecido a todas las actuaciones del procedimiento cuando ha sido convocado y cumpliendo con todas sus obligaciones legales”.

“Hacemos notar que existen otras vías menos gravosas e igualmente adecuadas para el desarrollo sucesivo de las audiencias establecidas en el desarrollo del procedimiento penal respecto de un imputado que se encuentra alejado del territorio jurisdiccional del Tribunal, esto es solicitando la comparecencia vía remota”, concluye.

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