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Corte de Santiago rechaza amparo del exasesor de Lavín que se fue a España y ratifica orden de detención

Felipe Vázquez no se presentó a la audiencia de formalización, en la que se imputó cargos a todo los implicados del caso del exdiputado Joaquín Lavín León, por residir en el extranjero. A raíz de aquello, la Fiscalía pidió una orden de detención, la cual la defensa de Vázquez buscaba impugnar.

JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

En paralelo a la resolución que mantuvo en prisión preventiva al exdiputado Joaquín Lavín León (exUDI), este sábado la Corte de Apelaciones de Santiago emitió el fallo del recurso de amparo presentado por el exasesor del parlamentario, Felipe Vázquez.

Al igual que Lavín León, el tribunal de alzada también rechazó el requerimiento de Vázquez. En el caso del exasesor del entonces parlamentario, este no ha podido ser formalizado, ya que no se presentó a la audiencia en la que se imputó cargos al exdiputado, al también exasesor Arnaldo Dominguez y a Juan Silva, empresario.

A raíz de aquello, la Fiscalía Metropolitana Oriente solicitó que el juez Daniel Urrutia, quien encabezó dicha audiencia, decretara una orden de detención en contra de Vázquez, quien, representado la Defensoría Penal Pública, argumentó que no compareció por encontrarse en España, país europeo al que migró.

El en caso de Vázquez, el Ministerio Público lo acusa de fraude al Fisco, delitos tributarios y electorales. Lo anterior, dado que el imputado era propietario de la empresa Modo74, la que desarrolló la plataforma que recogía datos de electores y que la Fiscalía acusa que se usó para realizar la campaña de Lavín y cuyos pagos eran rendidos a la Cámara de Diputados.

El recurso de Vázquez

En su recurso de amparo, que fue revisado este viernes por el tribunal de alzada, la defensa de Vázquez planteaba que el imputado no fue notificado, al estar fuera del país, para ser formalizado y que siempre ha estado disponible para la Fiscalía dado que declaró y colaboró con la investigación.

Dichos argumentos, a juicio de la defensa no fueron considerados por el juez Urrutia, quien dictó la orden de detención. Lo anterior, porque a juicio del magistrado, Vázquez, infringió la normativa al fijar domicilio durante el proceso, fuera de Chile, pese a que este establece que debe ser en territorio nacional.

Pero la Segunda Sala de la Corte de Santiago acogió los argumentos del Ministerio Público, del Consejo de Defensa del Estado y de la Municipalidad de Maipú, representada por BACS Abogados y rechazó el requerimiento de Vázquez, declarando legal la orden de detención que pesa en su contra.

Según la resolución, “el Ministerio Público hubiese mantenido previamente comunicaciones electrónicas con el imputado o que éste hubiese colaborado en determinadas diligencias de investigación no elimina, por sí sola, la dificultad objetiva para lograr su comparecencia judicial oportuna a una audiencia de formalización, ni impide al tribunal recurrir a los mecanismos de apremio que la ley contempla cuando estima insuficientes otros medios de aseguramiento”.

En esa línea determinó que “el recurso de amparo debe ser rechazado, toda vez que la orden de detención decretada permite agotar la búsqueda del imputado en el territorio nacional y justificar en base a tal antecedente, el riesgo de incomparecencia, antes de proceder a realizar las actuaciones procesales necesarias a fin de activar el procedimiento de extradición activa”.

“No advirtiéndose una infracción evidente a la Constitución o a las leyes que justifique el restablecimiento inmediato del imperio del derecho por la vía del artículo 21 de la Carta Fundamental, la presente acción será desestimada”, concluyó la Corte de Santiago.

La resolución de la ministra Sandra Araya, el ministro suplente Mauricio Rettig y el abogado integrante Jorge Gómez, fue rechazada por dos votos a favor y uno en contra, el del ministro (s) Rettig, quien consideró que “el amparado no fue válidamente emplazado para comparecer a la audiencia de formalización cuya inasistencia motivó la orden de detención recurrida”.

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