Por Jorge ArellanoLos reproches específicos de la Contraloría a Sermig, PDI y la Subsecretaría de la Niñez, por caso de niños haitianos
El organismo fiscalizador informó que hubo falta de coordinación entre estos tres servicios, falta de revisión de los datos autorreportados por los migrantes haitianos, carencia en la PDI de procedimientos de control migratorio y discrepancia de base en los datos de las nóminas de personas, entre otras materias.

El informe final de la investigación especial realizada por la Contraloría General de la República sobre el ingreso al país de niños, niñas y adolescentes (NNA) de nacionalidad haitiana, bajo la subcategoría de reunificación familiar detectó, entre otras, una serie de irregularidades específicas de tres servicios del Estado: Servicio Nacional de Migraciones (Sermig), la Policía de Investigaciones (PDI) y la Subsecretaría de la Niñez.
En el texto de 145 páginas, se establecen una serie de errores y acciones fuera de la norma. La principal observación del informe es la falta de coordinación de los tres servicios en el resguardo de los NNA.
Acá alguno de los cuestionamientos a estas instituciones que se encuentran dentro del informe del órgano fiscalizador:
Falta de coordinación entre las tres instituciones
“Se constató que el Servicio Nacional de Migraciones, la Policía de Investigaciones de Chile y la Subsecretaría de la Niñez no han actuado coordinadamente frente a la situación de llegada masiva de niños, niñas y adolescentes, provenientes de Haití, acaecida durante el período auditado que va entre el 1 de enero al 30 de abril de 2025″, señala el informe.
Acá se puntualiza que no hubo protocolos para la transferencia de información completa y oportuna; establecimiento de medidas a adoptar por cada institución ante situaciones especiales, como es el caso de muerte del vínculo del solicitante de la reunificación familiar o la falta de los padres o tutores legales al momento de la salida de los NNA desde el aeropuerto.
Esta coordinación “es un deber jurídico, y no una mera recomendación”, explicó la Contraloría.
Falta de revisión en Sermig de los datos autorreportados
Otras de las informaciones apunta directamente al Servicio Nacional de Migraciones porque este “no verificó los datos autorreportados por las personas haitianas solicitantes de permisos de reunificación familiar, tales como, el domicilio en Chile y el número de cédula de identidad de los adultos responsables, entre otros antecedentes, limitándose únicamente a recepcionar la información”.
Esta falta de aplicación de controles para validar la información autorreportada, según Contraloría puede conllevar el riesgo de afectar la correcta resolución de los procedimientos, también puede comprometer el cumplimiento de la misión institucional del Sermig.
Certificados de nacimiento no legalizados
Por otra parte, el ente fiscalizador señala en su informe que el Servicio de Migraciones vulneró la normativa luego de verificar que 17 certificados de nacimiento adjuntos a los expedientes revisados no contaban con la legalización requerida en la ley, en sus reglamentos y conforme lo indica la resolución exenta N° 35.544, de 2023, vigente en el período auditado. Ahí se señala que el referido documento, además de corresponder al solicitante y encontrarse legible, debe estar apostillado, o en su defecto, legalizado por el Consulado de Chile.
El Sermig respondió que atendido el contexto crítico de seguridad existente en Haití, el Consulado de Chile en Puerto Príncipe no se encontraba operativo de manera presencial y que en dicho contexto estableció en el memorándum N° 1.886, de 2024, que tratándose de solicitudes de residencia de NNA haitianos en que se requiriera certificado de nacimiento, se aceptarían sin la correspondiente legalización y trámite ante el Consulado de Chile en Haití, tanto respecto de solicitudes presentadas dentro y fuera de Chile, según las condiciones allí establecidas.
Analizados los argumentos y antecedentes presentados por el Sermig, Contraloría señala no fueron proporcionados los documentos internos que establecían procesos excepcionales de revisión y flexibilizaban requisitos de presentación de documentos, los cuales fueron puestos a disposición solo al momento de la respuesta al preinforme.
Y añade que “los requisitos y documentación idónea para el ingreso y egreso del país están establecidos en la ley N° 21.325 y en sus respectivos reglamentos, sin que fuera procedente dejarlos sin efecto mediante el anotado memorándum N°1.886″.
“En atención a las consideraciones expuestas, esta Entidad de Control instruirá un procedimiento disciplinario tendiente a determinar la responsabilidad administrativa de los funcionarios que participaron en la emisión y aplicación del referido memorándum y, en lo sucesivo, ese servicio deberá fortalecer sus procedimientos”, añade.
Sermig sin protocolo ante muerte de familia de menores
La Contraloría también informó sobre la ausencia de protocolos formales que regulen situaciones de fallecimiento de vínculos familiares de menores de edad.
“El Servicio Nacional de Migraciones no cuenta con un protocolo o instrucciones formalmente establecidas sobre el actuar que debe adoptar la entidad ante casos de NNA que se les haya otorgado permisos de residencia temporal por reunificación familiar, ingresan al país en circunstancia de que su vínculo en Chile haya fallecido previo a su llegada”.
Como ejemplo, Contraloría relata que el 13 de febrero de 2025, fueron otorgados los permisos de residencia temporal por reunificación familiar solicitados por un padre para sus 3 hijos menores de edad; no obstante, esa persona falleció un mes antes del ingreso de esos menores, “sin que se haya efectuado una gestión coordinada y oportuna sobre el destino de los menores, ni se haya informado a las entidades involucradas”.
Carencia de procedimientos de control migratorio en PDI
Según el informe de Contraloría, “la PDI no dispone de manuales de procedimientos o instructivos que describan de manera detallada las revisiones y controles necesarios para la correcta aplicación de la normativa de control migratorio, en cuanto a cómo registrar el ingreso de las personas al país; la revisión de los antecedentes que deben presentar; y, cómo debe ser verificada la legalidad de la estadía de los extranjeros en el país o el motivo de su viaje”.
No obstante, Contraloría señala que actualmente la PDI se encuentra desarrollando un manual de procedimiento de control migratorio.
La PDI no tiene formalizada la entrega de NNA
Otro de los aspectos preocupantes que señala la Contraloría es que si bien el Departamento de Migraciones y Policía Internacional del Aeropuerto Comodoro Arturo Merino Benítez, cuenta con un procedimiento para la entrega de NNA que ingresan al país sin la compañía de sus padres o tutores legales “este no se encuentra aprobado formalmente”.
La indagatoria de Contraloría determinó que la PDI “solo cuenta con un instructivo interno que orienta las actuaciones sobre el proceder en casos de entrada al país de pasajeros de nacionalidades consideradas de interés, entre ellas, la haitiana”.
Discrepancia de base de datos de PDI con la de Sermig
También Contraloría en su análisis realizado a las bases de datos proporcionadas por la PDI, en las cuales se indica la condición que presentaban los inmigrantes haitianos a su llegada al país, se verificó que algunos registros no correspondían a los mantenidos en el sistema del Sermig, herramienta donde se adjunta el historial de trámites efectuados por el extranjero y permite conocer su condición real en Chile.
La situación contraviene por parte de la PDI los principios de control, coordinación y responsabilidad.
Sin coordinación entre Sermig y Subsecretaría de la Niñez
Aquí Contraloría expuso que no se cumplió con el principio de coordinación dispuesto en el artículo 5° de la ley N° 18.575, entre Sermig y la Subsecertaria de la Niñez en el caso de la muerte de un ciudadano haitiano a cargo de sus hijos menores de edad en nuestro país.
Es decir, no se cumplió con la obligación de los órganos públicos de actuar coordinadamente, acorde con los principios de eficiencia y control.
Nómina incompleta de NNA
A su vez, el informe del organismo de Control relata que que el Sermig, a solicitud de la Subsecretaría de la Niñez, le envió -a través del oficio Ord. N° 55.391, de 30 de octubre de 2025-, una nómina con los NNA que habían ingresado a Chile entre enero y agosto del mismo año, los que ascendían, para dicho lapso de meses, que es mayor al período auditado, a un total de 4.483.
No obstante, al cotejar dicha planilla con la nómina comunicada oficialmente por la PDI de los menores que ingresaron a Chile en el periodo auditado -esto es, entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2025- se constató que 98 NNA no habían sido incluidos en el mencionado listado que el Sermig remitió a la Subsecretaría de la Niñez.
“El hecho de que el Sermig no haya informado la totalidad de los referidos niños, niñas y adolescentes conlleva el riesgo de que producto del desconocimiento por parte de Subsecretaría de la Niñez respecto de eventuales vulneraciones de los derechos de los NNA, no se activen oportunamente las alertas, seguimientos y derivaciones que corresponden a las instituciones involucradas, afectándose así su debida protección”, explica Contraloría.
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La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
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